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BDNS (Identificación): 313686.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2016, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía, en la cuantía máxima que se específica y con cargo al crédito presupuestario que asimismo se indica:
Denominación de la Línea | Cuantía máxima | Partidas presupuestarias |
Línea 1. Asociaciones de personas consumidoras | 630.000,00€ | 1200020000/G/44H/48601/0001 |
Línea 1. Sociedades de Cooperativas de Consumo | 5.000,00€ | 1200010000/G/44H/47000/0001 |
Línea 2. Federaciones de Asociaciones de personas consumidoras | 566.000,00€ | 1200010000/G/44H/48601/0001 |
Línea 2. Federaciones de Sociedades Cooperativas de Consumo | 5.000,00€ | 1200010000/G/44H/47000/0001 |
Línea 3. Consumo Responsable | 245.000,00€ | 1200010000/G/44H/48405/0001 |
Segundo. Beneficiarios.
- Las Asociaciones de personas consumidoras y usuarias constituidas con arreglo a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, que tengan por finalidad, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la defensa de los intereses de las personas consumidoras, incluyendo su información y educación en dicha materia, bien con carácter general, bien en relación con productos o servicios determinados.
- Las Sociedades Cooperativas de personas consumidoras y usuarias constituidas con arreglo a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía y a la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, que reúnan las siguientes condiciones:
a) Incluir dentro de su objeto social, en los Estatutos, la defensa, asistencia, información, educación y formación de sus miembros como personas asociadas.
b) Formar un fondo social integrado por las aportaciones de las personas asociadas y el 15%, como mínimo, de los excedentes netos de cada ejercicio económico, destinado exclusivamente a la defensa, información, educación y formación de las personas asociadas en materias relacionadas con el consumo.
Tercero. Objeto.
Programas de actividades dirigidos a fomentar, potenciar y mejorar los conocimientos de consumo, a través de la formación, la educación, la información y el asesoramiento de las personas consumidoras.
Cuarto. Bases Reguladoras.
Orden de 1 de julio de 2016, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía (BOJA núm. 130, de 8 de julio).
Quinto. Importe.
La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro de convocatoria anterior. El porcentaje máximo de la subvención será el 90% del presupuesto aprobado.
La distribución máxima del crédito a nivel provincial, que se ha realizado teniendo en cuenta el tamaño poblacional, el tamaño territorial y el número de municipios de cada provincia, tal como se contempla en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la Línea 1 de la Orden de Bases anteriormente referida, es la siguiente:
- Línea 1. Asociaciones: La cuantía máxima prevista que asciende a 630.000,00 € (partida presupuestaria 1200020000/G/44H/48601/0001), se distribuye por provincias del siguiente modo:
ALMERÍA | 66.309,50€ |
CÁDIZ | 60.580,82€ |
CÓRDOBA | 73.070,19€ |
GRANADA | 99.613,76€ |
HUELVA | 58.536,02€ |
JAÉN | 75.080,87€ |
MÁLAGA | 86.481,14€ |
SEVILLA | 110.327,70€ |
TOTAL | 630.000,00€ |
- Línea 1. Cooperativas de Consumo: La cuantía máxima prevista que asciende a 5.000,00€ (partida presupuestaria 1200010000/G/44H/47000/0001), será distribuida provincialmente una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y antes de la evaluación previa, teniendo en cuenta el tamaño poblacional, tamaño territorial y número de municipios en cada provincia, tal como se contempla en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la Línea 1 de la Orden de Bases Reguladoras.
Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este Extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Tanto a la solicitud como al resto de Anexos se podrá acceder a través la siguiente dirección electrónica www.juntadeandalucia.es/salud/consumo o en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de agosto de 2016.- La Directora General de Consumo, P.S. (Resolución de la Secretaría General de Salud Pública y Consumo de 14.7.2016), la Secretaria General de Salud Pública y Consumo, Josefa Ruiz Fernández.
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