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Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 20 de mayo de 2016, se hizo público el Programa de inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios y se estableció el modelo de solicitud y comunicación de la actividad de inspección (BOJA núm. 98, de 25 de mayo de 2016).
El Programa de inspección, recogido en el anexo de la citada Orden, establece, en su punto quinto, una serie de plazos para cumplir con la obligación de inspección, en función de una zonificación del territorio de Andalucía establecida en el punto cuarto del mismo.
En virtud de lo anterior, las personas titulares de equipos que estén obligadas a pasar la inspección durante el año 2016 y que estén radicadas en las provincias de Córdoba y Jaén deberán haber iniciado la inspección por una estación de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios (ITEAF), autorizada antes del día 15 de septiembre de 2016.
Al objeto de facilitar la realización del máximo número posible de inspecciones en todo el territorio de Andalucía por parte de las estaciones ITEAF autorizadas, procede modificar el Programa de inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios, publicado por la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 20 de mayo de 2016, estableciendo un periodo único durante el año 2016 para las dos zonas establecidas en el punto cuarto del Programa de inspecciones, cuyo plazo máximo para iniciar la inspección sea el 15 de noviembre de 2016.
En su virtud, a propuesta del Director General de la Producción Agrícola y Ganadera y en uso de las facultades atribuidas por el Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,
R E S U E L V O
Primero. Modificar el Programa de inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios, recogido en el Anexo de la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 20 de mayo de 2016, por la que se hace público el Programa de inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios y se establece el modelo de solicitud y comunicación de la actividad de inspección, estableciendo un periodo único durante el año 2016 para las dos zonas establecidas en el punto cuarto del Programa de inspecciones, cuyo plazo máximo para iniciar la inspección sea el 15 de noviembre de 2016, inclusive.
Segundo. La presente Orden producirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de agosto de 2016.- La Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, P.S. (Orden de 29.7.2016), el Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, Manuel García Benítez.
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