Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 06/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 3 de octubre de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes afectados con carácter adicional por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de la ejecución del proyecto modificado número 1 de la obra que se cita.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 12 de diciembre de 2013 fue aprobado provisionalmente a efectos de información pública, mediante Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, el proyecto denominado «Modificado número 1 de las obras de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse del Retortillo a la ETAP de Écija», con clave A5.341.927/2121.

Segundo. El citado proyecto fue sometido al preceptivo trámite de información pública mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 27, de 10 de febrero de 2014, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 64, de 19 de marzo de 2014, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 68, de 8 de abril de 2014, así como el 7 de agosto de 2014 en el Diario de Sevilla y en el Diario de Córdoba, comunicándose asimismo a los Ayuntamientos de Écija, Palma del Río y Hornachuelos, que procedieron a la exposición en sus respectivos tablones de anuncios durante el plazo legalmente establecido del edicto comprensivo de este trámite.

Tercero. Con fecha 19 de febrero de 2015, la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, aprueba definitivamente el proyecto «Modificado número 1 de las obras de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse del Retortillo a la ETAP de Écija», con clave A5.341.9278/2121, conteniendo la resolución aprobatoria la relación concreta e individualizada de los bienes estrictamente indispensables para el fin de la expropiación.

Cuarto. Con fecha 26 de febrero de 2015, esta Secretaría General Técnica, a solicitud de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, resuelve convocar el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes afectados por la ejecución del proyecto citado publicándose la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 44, de 5 de marzo de 2015, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 53, de 6 de marzo de 2015, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 45, de 6 de marzo de 2015, en el Diario de Sevilla y en el Diario Córdoba, ambos de 11 de marzo de 2015, exponiéndose edictos en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos donde radican los bienes afectados, celebrándose los actos previstos según el calendario previsto.

Quinto. A raíz del Informe emitido el 20 de julio de 2015 por el Asesor Técnico de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba, con fecha 7 de agosto de 2015, la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua aprueba provisionalmente a efectos de información pública la inclusión de fincas pertenecientes al término municipal de Palma del Río, no contempladas en la separata de expropiaciones del proyecto modificado numero 1 de las obras que nos ocupan y necesarias para la ejecución del mismo.

Sexto. La ampliación de la relación de bienes afectados por el expediente expropiatorio ha sido sometida al preceptivo trámite de información pública mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 200, de 14 de octubre de 2015, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 212, de 3 de noviembre de 2015, en el Diario Córdoba, de 4 de noviembre de 2015, así como la exposición en el tablón de edictos en el Ayuntamiento de Palma del Río, certificada por el Secretario del mismo con fecha 3 de noviembre de 2015.

Séptimo. Con fecha 4 de marzo de 2016 se aprueba el expediente de información pública tramitado a efectos de la inclusión de las fincas no contempladas inicialmente en la relación de bienes afectados y recogidas en el Anejo a esta Resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La resolución aprobatoria de la inclusión de las fincas no contempladas en el proyecto modificado número 1 recogida en el antecedente séptimo anterior determina por sí misma, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, la declaración de utilidad pública del fin a que hayan de afectarse las fincas.

Segundo. Las obras objeto del proyecto que nos ocupa tienen la consideración de obra de interés de la Comunidad Autónoma en virtud de lo establecido en la letra a) del apartado 1 del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la norma citada, la aprobación de un proyecto declarado de interés de la Comunidad Autónoma, supone implícitamente la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres.

Tercero. Se considera por tanto de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente ocupación que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante REF), siendo beneficiario final de la expropiación el Consorcio de Aguas Plan Écija.

Cuarto. De acuerdo con la Resolución de 26 de noviembre de 2013, de esta Secretaría General Técnica, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 238, de 4 de diciembre de 2013, por la que se delegan competencias en materia de gestión del procedimiento expropiatorio, corresponde a la persona titular de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba, proseguir la tramitación del procedimiento expropiatorio en sus fases de levantamiento de actas previas, fijación y pago de los depósitos previos e indemnizaciones por daños de rápida ocupación, suscribir actas de determinación del justiprecio por mutuo acuerdo, determinación del justiprecio con tramitación de la correspondiente pieza separada y suscribir actas de ocupación y pago.

Quinto. Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba, domiciliada en c/ Tomás de Aquino, s/n, Edificio Servicios Múltiples, 4.ª-8.ª planta, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.

Sexto. La Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba dará traslado del emplazamiento previsto en el resolutivo primero a cada uno de los afectados mediante notificación individual, conforme a los previsto en el apartado segundo del artículo 52 de la LEF. En este sentido y con la finalidad de dar cumplimiento al apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los supuestos en que los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de la notificación, o si intentada la misma no se hubiese podido practicar se procederá a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la notificación no practicada y esta publicidad tendrá a todos los efectos carácter sustitutivo de la notificación a los afectados.

A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua y en ejercicio de las competencias atribuidas en la letra c) del apartado 3 del artículo 8 del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVE

Primero. Convocar el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes afectados con carácter adicional por la ejecución del proyecto «Modificado número 1 de las obras de desdoblamiento de la conducción de abastecimiento de agua desde el embalse del Retortillo a la ETAP de Écija», con clave A5.341.927/2121, como obra hidráulica de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, situados todos ellos en el término municipal de Palma del Río, según el Anejo de esta Resolución, en el que figuran la relación de bienes afectados así como sus titulares, que deberán comparecer en las dependencias del Ayuntamiento de Palma del Río, el día y hora recogidos en el mismo.

Segundo. Se proceda a la exposición de la presente Resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento citado, así como a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de octubre de 2016.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.

ANEXO

ANEJO A LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, REFERENTE AL PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO DE LOS BIENES AFECTADOS ADICIONALMENTE POR EL PROYECTO DENOMINADO «MODIFICADO NÚMERO 1 DE LAS OBRAS DE DESDOBLAMIENTO DE LA CONDUCCIÓN DE ABASTECIMIENTO DE AGUA DESDE EL EMBALSE DEL RETORTILLO A LA ETAP DE ÉCIJA. FINCAS ADICIONALES T.M. PALMA DEL RÍO», CON CLAVE A5.341.927/2121

FINCA Superficie de afección (m2) Comparecencia
Núm. de Finca Polígono Parcela Titular Servid. Acueducto Ocupación temporal Día Hora
1 Sin referencia catastral Situada entre las parcelas 3, 4 y 5 del polígono 1 y la UR-207 EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS EL BALDÍO, S.L. 394,71 1085,65 03/11/2016 10:00
2 1 17 EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS EL BALDÍO, S.L. 363,50 1.224,35 03/11/2016 10:30
10 3 90 CANOVACA HINOJOSA, VICTORIA 101,49 460,90 03/11/2016 11:00
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