Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 16/11/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 4 de noviembre de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Coín, dimanante de autos núm. 95/2016.

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NIG: 2904242C20160000160.

Procedimiento: Familia.Guarda/custod/alim. menor no matr.noconsens 95/2016.

Negociado: 04.

Sobre: Medidas derivadas de separación o divorcio.

De: Doña Antonia Bernal Serrano.

Procuradora Sr.a.: María José López Carrasco.

Letrada Sra.: Salvadora Luque Gómez.

Contra: Duglas Suárez Vaca.

EDICTO

En el presente procedimiento de Familia, Guarda, custodia y alimentos núm. 95/2016 seguido a instancia de doña Antonia Bernal Serrano frente a don Duglas Suárez Vaca se ha dictado sentencia, cuyo encabezado y fallo es el siguiente:

Juzgado de Primera Instancia núm. Tres.

Coín.

Málaga.

Procedimiento: Guarda y custodia núm. 95/2016.

SENTENCIA NÚM. 112/2016

En Coin, a 26 de octubre de 2016.

Vistos por mi doña Macarena Molina Noguera, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia no tres de Coin los presentes autos de juicio verbal sobre patria potestad/guardia y custodia/régimen de visitas y alimentos núm. 95/2016, seguidos a instancia de doña Antonia Bernal Serrano representada por la Procuradora Sra. López Carrasco y asistida de la Letrada Sra. Luque Gómez contra don Duglas Suárez Vaca declarado en situación procesal de rebeldía con intervención del Ministerio Fiscal, aparecen los siguientes

FALLO

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por doña Antonia Bernal Serrano representada por la Procuradora Sra. López Carrasco y asistida de la Letrada Sra. Luque Gómez contra don Duglas Suárez Vaca debo acordar las siguientes medidas:

1. Atribución a la madre de la guardia y custodia sobre el hijo menor sin régimen de visitas ni posibilidad de comunicación del demandado con él en interés del hijo. La patria potestad se ejercerá en exclusiva por la madre.

2. Fijación como contribución de alimentos la cantidad de 150 euros mensuales que el padre habrá de abonar los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente que al efecto designe la actora, cantidad que será actualizabie conforme al IPC, además de la mitad del abono de los gastos extraordinarios.

Y encontrándose dicho demandado, don Duglas Suárez Vaca, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Coín, a cuatro de noviembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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