Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 16/11/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 25 de octubre de 2016, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Málaga, dimanante de autos núm. 135/2015. (PD. 2770/2016).

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NIG: 2906742C20060005547.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 135/2015. Negociado: RO.

Sobre: Modificación de medidas.

De: Enrique Gutiérrez Rodríguez.

Procuradora: Sra. Rocío Jiménez de la Plata Javaloyes.

Letrada: Sra. Paula Martínez Rubio.

Contra: Delia Martín López.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 135/2015 seguido en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Málaga a instancia de Enrique Gutiérrez Rodríguez contra Delia Martín López sobre Modificación de medidas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 15

En Málaga, a 15 de marzo de 2016.

Don Francisco Ruiz-Jarabo Pelayo, Magistrado-Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número Uno de Málaga y su partido, ha visto los presentes Autos de Modificación de medidas seguidos con el número 135/15, promovido por la Sra. Procuradora de los Tribunales doña Rocío Jiménez de la Plata Javaloyes en nombre y representación de don Enrique Gutiérrez Rodríguez contra doña Delia Martín López, declarada en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Sra. Procuradora de los Tribunales doña Rocío Jiménez de la Plata Javaloyes en nombre y representación de don Enrique Gutiérrez Rodríguez, contra doña Delia Martín López, declarada en rebeldía, modifico los efectos establecidos anteriormente en la sentencia de divorcio dictada el 1 de diciembre de 2006, dictada en el procedimiento seguido en este Juzgado con el número 60/06, declarando extinguida desde la fecha de la presente sentencia la pensión alimenticia de los dos hijos Desirée e Iván, sin expresa imposición de las costas de este procedimiento a ninguna de las partes.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que, en su caso, deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Delia Martín López, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinticinco de octubre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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