Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 23/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 17 de noviembre de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el fallo de la Sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dentro de procedimiento ordinario que se cita.

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En fecha de 9 de octubre de 2014, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de Sevilla, dictó sentencia dentro del procedimiento ordinario núm. 261/2013, seguido como consecuencia del recurso interpuesto por la Federación de Ecologistas en Acción de Sevilla, contra la Resolución de 6 de marzo de 2013, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, y Medio Ambiente de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación de Territorio y Urbanismo de Sevilla de 8 de febrero de 2013, por la que se aprueba definitivamente el documento de Modificación de la Revisión Parcial de las Normas Subsidiarias de Salteras, con adaptación completa de sus determinaciones a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, para la zona de reserva de la SE-35 y A-66 y la zona de suelo no urbanizable de especial protección Vega del Guadalquivir, del término municipal de Salteras, aprobado provisionalmente por el pleno municipal de 24 de abril de 2012, de conformidad con lo establecido por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

El artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dispone que las sentencias firmes que anulen una disposición general tendrán efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada, por lo que de conformidad con dicho precepto y en virtud de la Orden de 22 de febrero de 2016 (BOJA núm. 39, de 26 de febrero), por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos directivos de la Consejería, por la presente resolución se publica la parte dispositiva de la citada sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

«Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución que se recoge en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, y declaramos nulo de pleno derecho el art. 13.12.3, con exclusión de los usos agropecuarios que no se declaran nulos, e igualmente declaramos la nulidad de pleno derecho del art. 13.12.6. Sin costas.»

Sevilla, 17 de noviembre de 2016.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.

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