Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 23/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

Resolución de 17 de noviembre de 2016, de la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Cádiz, por la que se publica el acuerdo de remisión del expediente administrativo requerido por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo P.O. 691/2016, y se notifica a los posibles interesados en la interposición del mismo.

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Por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo P.O- 691/2016, interpuesto por Benegil y Carril de Sanlúcar, S.L., contra la desestimación presunta de la Reclamación de Responsabilidad Patrimonial 1/2015, interpuesta contra la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Delegación Territorial en Cádiz en relación a los Exptes. de Comisión 357/03 y 70/06 de Carril de San Diego, núm. 20, de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), y para que se realicen los emplazamientos a los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.

En consecuencia de conformidad con lo ordenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla y a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1 y 2 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm. P.O. 691/2016 y ordenar la remisión del expediente administrativo a la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el artículo 78, en relación con el artículo 49.1, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Tribunal en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o solo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.

Cádiz, 17 de noviembre de 2016.- La Delegada, Remedios Palma Zambrana.

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