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NIG: 1103341C20122001096.
Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 332/2015.
Asunto: 1279/2015.
Autos de: Procedimiento Ordinario 1002/2012.
Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Dos de San Roque.
Negociado: PM.
Apelante: Michael Jhon Ingham, Stanley Kingshott, Janet Kingshott, Keith Watson, Carolinbe Pollard, Dereck Leonard, Cheryl Elizabeth Kerbi, Roy Anthony Feather, Gordon Braithwaite, Catherine Braithwaite, Robert Pinset, Linda Pinset y Anne Ingham.
Procurador: Doña María Teresa Hernández Jiménez.
Apelado: Colin Harold Langton, I-Trading Corporation LTD. Spearmint Blue, S.L. y Langtons (IFA) LTD.
EDICTO
Audiencia Provincial de Algeciras Siete.
Recurso: Recurso de Apelación Civil 332/2015.
Parte: Apelados.
En el recurso referenciado se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
FALLAMOS
Que, estimando el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de que dimana este rollo, debemos revocar y revocamos la misma, y en su lugar solidariamente a las entidades mercantiles «Spearmint Blue, S.L.», «1-Trading LTD», «Langtons -IFA LTD» y don Colin Harold Langton, a abonar a los actores las siguientes cantidades:
A don Michael Ingham, la cantidad de treinta mil libras esterlinas, incrementadas con intereses del 13%.
A don Stanley Kinshott, la cantidad de cien mil libras esterlinas, incrementadas con intereses al 14%.
A don Leonard y doña Cheryl Elizabeth Kerby, setenta y dos mil libras esterlinas, incrementadas con intereses del 14%.
A don Roy Anthony Feather, la cantidad de cincuenta mil libras esterlinas.
A don Keith Watson, la cantidad de sesenta mil libras, incrementadas a un interés del 14%.
A los Sres. Braithwaite, la cantidad de doscientas cincuenta mil setecientas cinco libras esterlinas, incrementadas con un interés del 15%, y
A los Sres. Pinset, la cantidad de doscientas sesenta mil libras esterlinas.
Dichas cantidades deberán los intereses legales correspondientes desde el momento de la reclamación judicial.
Se imponen a los demandados las costas de la instancia.
No se realiza expresa imposición de las costas procesales de esta alzada.
Devuélvanse a su debido tiempo los autos originales al Juzgado de su procedencia, con un testimonio de esta resolución, para su ejecución y cumplimiento, y únase otro testimonio al rollo de la Sala.
Así, por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte apelada por diligencia del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal para llevar a efecto la diligencia de notificación.
Diligencia. En Algeciras, a veinte de enero de dos mil dieciséis.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.
En Algeciras, a veinte de enero de dos mil dieciséis.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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