Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 16/12/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de noviembre de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 944/2016.

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Procedimiento: Cuenta del Abogado 944/2016. Negociado: A1.

NIG: 2906744S20160013920.

De: Don Manuel Francisco Ponce Cabezas.

Abogado: Don Manuel Francisco Ponce Cabezas.

Contra: RG Electromontajes, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 944/2016 a instancia de la parte actora don Manuel Francisco Ponce Cabezas contra RG Electromontajes, S.L., sobre Cuenta del Abogado, se ha dictado Resolución de fecha 30.11.16 en la que aparece lo siguiente:

El anterior escrito presentado por el letrado don Manuel F. Ponce Cabezas, únase a los autos de su razón, con traslado a la parte contraria.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se acuerda requerir a R&G Electromontajes, S.L., mediante la notificación de esta Diligencia de Ordenación, para que en plazo de diez días hábiles siguientes al de la notificación acredite ante este Juzgado el abono al letrado don Manuel F. Ponce Cabezas de la cantidad de 2.732,44 € a que asciende la cuenta jurada, o bien para que en el mismo plazo efectúe alegaciones en torno a la procedencia de la reclamación o impugne los honorarios por excesivos, bajo apercibimiento de que si transcurriese el citado plazo sin que el requerido haya efectuado el pago, las alegaciones o la impugnación antes mencionadas, se procederá por la vía de apremio contra sus bienes sin más requerimiento, sin perjuicio del derecho del ejecutado a reclamar del abogado cualquier agravio en el proceso declarativo correspondiente.

Asimismo, visto el resultado negativo de la notificación de la diligencia de Ordenación de fecha 16.11.16 a la demandada R&G Electromontajes, S.L., siendo la demandada una sociedad, consúltese la base de datos del Punto Neutro Judicial, practíquese la notificación y requerimiento en forma personal y para el caso de aparecer nuevo domicilio practíquese en el mismo, librándose el despacho correspondiente.

Sin perjuicio del resultado de la diligencia anterior, notifíquese y requiérase a la parte demandada por medio de edictos que se publicarán en el BOJA, librándose a tal efecto la oportuna comunicación y requiérase a la parte actora para que aporte los datos que disponga en relación al domicilio de la parte demandada.

Y para que sirva de notificación al demandado RG Electromontajes, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a treinta de noviembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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