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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 177/2016 Negociado: I.
NIG: 4109144S20120008484.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Construcciones Velázquez-Muñoz, S.L.
EDICTO
Doña Araceli Gómez Blanco, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 177/2016 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Velázquez-Muñoz, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia Sra. doña Araceli Gómez Blanco.
En Sevilla, a veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis.
Presentado el anterior escrito por Letrado de la parte actora, únase a los autos de su razón. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en dicho escrito, y practíquese la Tasación de Costas y Liquidación de intereses legales devengados en las presentes actuaciones, de la que se dará vista a las partes por el término legal de los diez días hábiles siguientes al de su notificación, principiando por la condenada al pago, a fin de que si les conviniere puedan impugnarla, conforme a lo dispuesto en los artículos 245 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y apercibiéndoles de que de no verificarlo se les tendrá por conformes con la misma.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Velázquez-Muñoz, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a treinta de noviembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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