Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 20/12/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 15 de noviembre de 2016, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros de Educación Infantil «Parquesol» y «Parquesol II», ambos de Vélez-Málaga (Málaga). (PP. 2973/2016).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Sandra Peláez Díaz, persona titular de los centros de Educación Infantil «Parquesol» y «Parquesol II», ambos de Vélez-Málaga (Málaga), en solicitud de cambio de titularidad de los mismos a favor de «Parquesol Educación, S.L.».

Resultando que el centro de Educación Infantil «Parquesol» tiene autorización administrativa para 8 unidades de primer ciclo con 122 puestos escolares, por Orden de 6 de marzo de 2007 (BOJA de 9 de abril), y el centro de Educación Infantil «Parquesol II» tiene autorización administrativa para 3 unidades de primer ciclo con 41 puestos escolares, por Orden de 8 de julio de 2004 (BOJA de 9 de agosto), teniendo ambos centros suscrito con esta Consejería de Educación el convenio de financiación al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros de Educación Infantil «Parquesol» y «Parquesol II», a favor de doña Sandra Peláez Díaz.

Resultando que doña Sandra Peláez Díaz, mediante escritura de cesión otorgada ante don Juan Deus Valencia, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de «Parquesol Educación, S.L.», que la acepta;

Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la Educación Infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Conceder el cambio de titularidad a los centros de Educación Infantil «Parquesol», código 29011850, con domicilio en C/ Jaima, 1, y «Parquesol II», código 29003051, con domicilio en C/ Carlos Cano, 4, ambos de Vélez-Málaga (Málaga), que, en lo sucesivo, la ostentará «Parquesol Educación, S.L.», que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando los mismos con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de noviembre de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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