Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 15/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de enero de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Sevilla, dimanante de autos núm. 262/2013.

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NIG: 4109142C20130010249.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 262/2013. Negociado: 2J.

Sobre: Divorcio.

De: Don José Moreno Cortés.

Procuradora: Sra. María Luisa Ramos López.

Letrado: Sr. Pablo de Benito Pozo.

Contra: Doña Francisca Berloz Medina.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 262/2013 seguido a instancia de don José Moreno Cortés frente a doña Francisca Berloz Medina se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 351/2015

En Sevilla a trece de mayo de dos mil quince.

Vistos por la Ilma. Magistrada Juez de Primera Instancia número Siete (Familia) de Sevilla, doña Antonia Roncero García, los presentes autos sobre demanda contenciosa de divorcio, seguidos con el número 262/13 instados por la Procuradora Sra. M.ª Luisa Ramos López en nombre de don José Moreno Cortés contra doña Francisca Berloz Medina declarada en rebeldía, con asistencia letrada.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora doña M.ª Luisa Ramos Cortés, en nombre de don José Moreno Cortés contra doña Francisca Berloz Medina declaro disuelto el matrimonio por divorcio con los efectos legales inherentes y sin costas procesales.

Firme que sea la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio para su anotación marginal correspondiente.

Notifíquese la presente resolución con la advertencia de que la misma no es firme pudiendo formularse recurso de apelación en el plazo de 20 días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

E./

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Ilma. Sra.Magistrada-Juez que la suscribe estando celebrando Audiencia Pública el mismo dia de su fecha en la Sala de su Juzgado por ante mi el Secretario, que doy fe.

Y encontrándose dicha demandada, Francisca Berloz Medina en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintiuno de enero de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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