Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2016

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 4 de marzo de 2016, de la Universidad de Granada, referente a la declaración de inhábil a determinados períodos, a efectos de cómputo de plazos para resolver los procedimientos de gestión propia de la Universidad.

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La Resolución de la Gerencia de la Universidad de Granada, de 9 de febrero de 2016, por la que se dictan normas en materia de jornada, vacaciones, permisos y licencias, y se hace público el calendario laboral para el año 2016 del Personal de Administración y Servicios, establece los períodos en los que todos los centros, servicios y unidades de la Universidad permanecerán cerrados como norma general, salvo los servicios mínimos que la Gerencia establezca.

Con el objeto de favorecer el cumplimiento de los plazos por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en la tramitación de expedientes de contratación, así como los plazos de cualesquiera otros procedimientos de gestión interna de los servicios administrativos de la Universidad.

Este Rectorado ha resuelto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el uso de las competencias que le atribuyen la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Granada.

Primero. Declarar inhábil, a efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos de gestión propia cuya resolución corresponda a la Universidad de Granada, los siguientes períodos:

- Los días 21, 22, 23 y 26 de marzo de 2016.

- El día 27 de mayo de 2016.

- Del día 1 al 31 de agosto de 2016, ambos inclusive.

- Los días 27, 28, 29 y 30 de diciembre de 2016 y 3, 4 y 5 de enero de 2017.

Segundo. Durante estos períodos, los plazos que pudieran verse afectados quedarán interrumpidos, tanto a efectos de solicitudes, como de tramitación, resolución y notificación, reanudándose el cómputo al finalizar los mismos.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa; los interesados podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que postestativamente se pueda presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 4 de marzo de 2016.- La Rectora, M.ª del Pilar Aranda Ramírez.

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