Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 16/03/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de septiembre de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1130/2012. (PP. 2742/2015).

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NIG: 1102042C20120005528.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1130/2012. Negociado: M.

De: Mapfre Seguros de Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.

Procurador: Sr. Fernando Carrasco Muñoz.

Contra: Sistemas de Carpintería Metálica en Aluminio, S.L., Axa Seguros, Seguros Catalana Occidente y Emilio Manzano Victores.

Procuradora: Sra. Blanca Bachiller Burgos, Sr. Rafael Marín Benítez.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1130/2012 seguido a instancia de Mapfre Seguros de Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., frente a Sistemas de Carpintería Metálica en Aluminio, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 59/2015

En Jerez de la Frontera, a veintisiete de marzo de dos mil quince.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario núm. 1.130/2012, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Mapfre Seguros de Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., con Procurador don Fernando Carrasco Muñoz y Letrado don Joaquín Moeckel Gil, y de otra como demandados don Emilio Manzano Victores y Seguros Catalana Occidente, S.A., con Procurador don Rafael Marín Benítez y Letrado don Ernesto Martínez Gómez; Sistemas de Carpintería Metálica en Alumnio, S.L., rebelde, y Axa Seguros con Procurador doña Blanca Bachiller Burgos y Letrado don Cecilio Cano Bravo,

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FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por Mapfre Seguros de Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., contra Emilio Manzano Victores, Sistemas de Carpintería Metálica en Aluminio, S.L., rebelde Seguros Catalana Occidente, S.A., y Axa Seguros, debo condenar y condeno a dichas demandadas a que solidariamente abonen a la actora la cantidad de ciento diez mil novecientos veintinueve con cuarenta y nueve euros (110.929,49), con la franquicia de 300 euros respecto a Catalana Occidente, más el interés legal del dinero devengado desde la fecha de la interpelación judicial, y con expresa imposición a las mismas de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Jerez.

Y encontrándose dicho demandado, Sistemas de Carpintería Metálica en Aluminio, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Jerez de la Frontera, a uno de septiembre de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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