Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 12/04/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de febrero de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería, dimanante de autos núm. 1628/2014. (PP. 584/2016).

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NIG: 0401342C20140012938.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1628/2014. Negociado: T2.

Sobre: Reclamación cantidad tráfico.

De: Consorcio de Compensación de Seguros.

Letrado: Sr. Monterreal Ramírez, Joaquín.

Contra: Don Ahmed Erroussi.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1628/2014, seguido a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros frente a don Ahmed Erroussi, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 189/2015

En Almería, a treinta de octubre de dos mil quince.

Vistos por la llma. Sra. doña Clara Eugenia Hernández Valverde, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Almería, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 1628/2014, en los que ha sido parte demandante el Consorcio de Compensación de Seguros, asistido del Letrado sustituto del Abogado del Estado, y como demandado don Ahmed Erroussi, en situación de rebeldía.

Se procede, en nombre de S.M. el Rey, a dictar la presente Resolución.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta a instancia de la representación del Consorcio de Compensación de Seguros contra don Ahned Erroussi, debo condenar y condeno a éste a que abone a la actora la cantidad de 42.322,46 euros, cantidad esta que devengará los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Se imponen las costas al demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes y dése cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial de Almería, que deberá presentarse en el término de 20 días ante este Juzgado, de conformidad con lo previsto en los artículos 457 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Llévese la presente Resolución al Libro de Sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Ahmed Erroussi, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Almería, a once de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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