Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 22/04/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de abril de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería, dimanante de autos núm. 238/2015.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00089546.

NIG: 0401342C20150002078.

Procedimiento: Familia.Guarda/custod./alim.menor no matr.noconsens. 238/2015. Negociado: CB.

De: Vanessa Bretones López.

Procuradora: Sra. Olga García Gandía.

Letrado: Sr. Manuel Requena García.

Contra: Emilio Moreno Hernández.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia.Guarda/custod./alim.menor no matr.noconsens. 238/2015, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería (antiguo Mixto núm. Diez), a instancia de Vanessa Bretones López contra Emilio Moreno Hernández, se ha dictado la sentencia contra la que se podrá interponer recurso de apelación, que se presentará por medio de escrito ante este Juzgade en el pIazo de veinte días desde el siguiente a la notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en el artículo 458 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando dicha resolución a su disposición en las oficinas de este Juzgado.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito eu cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso el tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Emilio Moreno Hernández, extiendo y firmo la presente en Almería, a once de abril de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

Descargar PDF