Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 10/05/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de abril de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, dimanante de autos núm. 1526/2014.

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La Secretaria Judicial Monserrat Gallego Molinero del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada certifica extracto de sentencia en autos de Modificación de Medidas núm. 1526/14 seguidos ante este Juzgado a instancia de don Manuel Calderas Castilla contra doña María José Carmona Valero, en situación procesal de rebeldía.

SENTENCIA NÚM. 272/16

En la ciudad de Granada, a 25 de abril de 2016.

Vistos por doña Juana Carrero Fernández, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de Familia, los presentes autos de modificación de medidas definitivas núm. 1526/14, seguidos a instancias de don Manuel Balderas Castilla, representado por la Procuradora doña Rocío Nieto Martínez y asistido por el Letrado don Miguel Ángel Anaya Ruedas, contra doña María José Carmona Valero, declarada en situación procesal de rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal; y ha dictado la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimando totalmente la demanda promovida por la Procuradora doña Rocío Nieto Martínez, en nombre y representación de don Manuel Balderas Castilla, frente a doña María José Carmona Valero, se acuerda la modificación de la sentencia de divorcio de fecha 9 de julio de 2010 en la medida siguiente:

1. Se reduce la pensión de alimentos establecida a favor de los hijos menores de edad y a cargo de don Manuel Balderas Castilla a la cantidad de 100 euros mensuales para cada uno de ellos (200 € en total), pagadera y actualizable en los mismos términos establecidos en la sentencia que se modifica.

Se mantienen inalterables el resto de los pronunciamientos de la sentencia de divorcio de 9 de julio de 2010.

Todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.

Inclúyase la presente en el libro de sentencias, llevando testimonio a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

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