Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 07/06/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 31 de mayo de 2017, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifican los puestos de trabajo de Secretaría-Intervención (SAT) de la Diputación Provincial de Cádiz como puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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La Excma. Diputación Provincial de Cádiz, de conformidad con acuerdo adoptado en Pleno, de fecha 22 de marzo de 2017, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la clasificación de dos puestos de trabajo de Secretaría-Intervención, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con destino a asistencia a los municipios (SAT). La función de asistencia a los Municipios se contempla, entre otros, en el artículo 5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 12.1.f) y 14.2.e) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía y en los artículos 2 y 9 del citado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio. La obligación de prestar asistencia a los municipios cuando éstos así lo requieran hace necesaria la creación de los puestos de trabajo de Secretaría-Intervención.

La documentación presentada se concreta en certificado del Secretario General en el que se incluye la creación de los puestos con las características de los mismos y acreditando que los puestos han sido incluidos definitivamente en el Presupuesto General y en la RPT, asi como que la dotación presupuestaria es adecuada y suficiente y cumple con las limitaciones impuestas en la normativa vigente.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, introducido por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Clasificar dos puestos de trabajo de Secretaría-Intervención (SAT) de la Diputación Provincial de Cádiz, asignándoles la función de asistencia a los Municipios, de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 12.1.f) y 14.2.e) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía y el artículo 5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para su desempeño por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.

Segundo. El sistema de provisión de los puestos, que tienen asignado nivel 25 de complemento de destino, será mediante concurso de méritos.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículo 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Sevilla, 31 de mayo de 2017.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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