Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 12/07/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 19 de junio de 2017, por la que se regula el procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en las zonas pesqueras de Andalucía para el período 2014-2020, de reconocimiento de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero, el régimen de los gastos de funcionamiento y animación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a dichas estrategias.

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BDNS (Identif.): 354183.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el BOJA núm 119, de 23 de junio de 2017.

Primero. Se efectúa convocatoria para la siguiente línea de subvención en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en la cuantía máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Linea de ayuda Partida Presupuestaria Cuantía máx (€)
Costes de funcionamiento y animación 1900120000/G/71P/48300/00/G1840412G6 4.424.507,00

Segundo. Beneficiarios.

Aquellas entidades constituidas legalmente como asociaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia e independiente de las personas asociadas, siempre que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 4 de la Orden de 5 de julio de 2016, por la que se regula y convoca el procedimiento de selección de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Candidatos para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en las zonas pesqueras de Andalucía para el período 2014-2020 y la concesión de la ayuda preparatoria.

Tercero. Objeto.

La finalidad de esta ayuda es la concesión, a las entidades seleccionadas, de las ayudas destinadas a los gastos de funcionamiento y animación de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero, incluidas en los apartados d) y e) del artículo 35.1 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, donde se establecen las ayudas del FEMP al desarrollo local participativo.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 19 de junio de 2017, por la que se regula el procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en las zonas pesqueras de Andalucía para el período 2014-2020, de reconocimiento de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero, el régimen de los gastos de funcionamiento y animación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a dichas estrategias (BOJA núm. 119, de 23 de junio de 2017)

Quinto. Cuantía.

GALP Asignación, gastos de funcionamiento y anualidades (euros)

Asignación
Total
Reserva de Rendto. Asignación menos reserva de rendto. Ayuda gastos funcionam. y animac. 20% 2017 2018 2019 2020 2021
Costa Occidental de Huelva 4.319.775 278.995 4.040.780 808.156 404.078 101.020 101.020 101.019 101.019
Comarca Noroeste de Cádiz 3.005.981 194.143 2.811.838 562.367 281.184 70.296 70.296 70.296 70.295
Cádiz Estrecho 4.332.308 279.805 4.052.503 810.500 405.250 101.313 101.313 101.313 101.311
Provincia de Málaga 3.108.010 200.733 2.907.277 581.455 290.728 72.682 72.682 72.682 72.681
Granada 2.361.625 152.527 2.209.098 441.819 220.910 55.228 55.228 55.228 55.225
Almería Poniente 2.296.176 148.300 2.147.876 429.575 214.788 53.697 53.697 53.697 53696
Almería Levante 4.226.124 272.946 3.953.178 790.635 395.317 98.829 98.829 98.829 98.831
Totales…. 23.650.000 1.527.449 22.122.551 4.424.507 2.212.255 553.065 553.065 553.064 553.058

Sexto. Plazo de presentación.

La presentación de las solicitudes para la aprobación de las ayudas para gastos de funcionamiento y animación se corresponden con los plazos establecidos en el artículo 21 de la Orden de 5 de julio de 2016.

Sevilla, 19 de junio de 2017

RODRIGO SÁNCHEZ HARO
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
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