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El Excmo. Ayuntamiento de Marbella (Málaga), de conformidad con acuerdos adoptados en Pleno, de fecha 8 de mayo de 2017 y en Junta de Gobierno Local, de fecha 6 de junio de 2017, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la clasificación de un puesto de trabajo de Adjunto a la Secretaría General de Pleno, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención, como puesto de colaboración. Los puestos de colaboración se contemplan en el artículo 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.
La documentación presentada se concreta en certificados del Secretario General de Pleno acreditando la inclusión del mencionado puesto en el Presupuesto General de la Entidad, en la RPT y Plantilla de Personal, características del nuevo puesto y el cumplimiento de las limitaciones contenidas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril e informe favorable de Intervención sobre la creación del puesto.
Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el artículo 165 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, aplicable en virtud del Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio de la Vicepresidencia y reorganización de las Consejerías, esta Dirección General de Administración Local
RESUELVE
Primero. Clasificar un puesto de trabajo de Adjunto a la Secretaría General de Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Marbella (Málaga) en clase tercera, para el ejercicio de las funciones de colaboración a la Secretaría General de Pleno de Marbella, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.
Segundo. El sistema de provisión del puesto, que tienen asignado nivel 26 de complemento de destino, será mediante concurso de méritos.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.
Sevilla, 14 de julio de 2017.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.
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