Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 26/07/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Corrección de errores de la Orden de 2 de junio de 2017, reguladora de los requisitos necesarios para el diseño e implementación de infraestructuras de cableado estructurado y de red de área local inalámbrica en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, sus Entidades Instrumentales y los Consorcios del Sector Público Andaluz (BOJA núm. 108, de 8 de junio de 2017).

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Advertido error material en el Anexo I: Requisitos para la normalización de los sistemas de cableado estructurado en la Junta de Andalucía, y en el Anexo II: Requisitos para la normalización de las redes de área local inalámbricas en la Junta de Andalucía, de la disposición de referencia, procede su rectificación en los siguientes términos:

En el apartado 3.1.2.2.3 Cableado de Fibra Óptica, páginas 34 y 35 del Anexo I.

Donde dice:


Fibras
Multimodo
L. máx. enlace 1 Gbit/s (m
EN50173
850nm
(1000Base-SX)

1300nm
(1000Base
OM3 1000 550
OM4 1100 550

Fibras
Monomodo
L. máx. enlace 1 Gb
EN50173
850nm
(1000Base-SX)

1
(100
OS2 N/A

Tabla 1. Longitudes mecánicas máximas de enlaces de fibra óptica

Debe decir:


Fibras
Multimodo
L. máx. enlace 1 Gbit/s (m) L. máx. enlace 10 Gbit/s (m) L. máx. Enlace 40/100 Gbit/s (m)
EN50173
850nm
(1000Base-SX)

1300nm
(1000Base-LX)

850nm
(10GBase-SR)
(10GBase-SW)

1300nm
(10GBase-LX4)

850nm
(40GBase-SR4)
(100GBase-SR10)
OM3 1000 550 300 300 100
OM4 1100 550 550 300 150
Fibras Monomodo L. máx. enlace 1 Gbit/s (m) L. máx. enlace 10 Gbit/s (m)
EN50173
850nm
(1000Base-SX)

1300nm
(1000Base-LX)

850nm
(10GBase-SR)
(10GBase-SW)

1300nm
(10GBase-LX4)

1300nm
(10GBase-ER)
OS2 N/A 5.000 N/A 10.000 10.000

Tabla 1. Longitudes mecánicas máximas de enlaces de fibra óptica

En el apartado 3.1.3.1.1 Repartidores del Subsistema Horizontal, página 35 del Anexo I.

Donde dice:

Nº de Tomas de Usuario Unidades de
≤240
≤384
≤504
….

Tabla 2. Unidades para tomas eléctricas en función del número de tomas de usuario

Debe decir:

Nº de Tomas de Usuario Unidades de armario para tomas eléctricas
≤240 2
≤384 3
≤504 4
…. ….

Tabla 2. Unidades para tomas eléctricas en función del número de tomas de usuario

En el apartado 2.1.2.5 Requisitos específicos para VoIP, página 93 del Anexo II.

Donde dice:

«La intensidad de señal mínima será de -70 dB para garantizar la calidad del audio.

La distancia mínima entre dos zonas de cobertura WLAN con el mismo canal radioeléctrico debe ser -19 dBm.»

Debe decir:

«La intensidad de señal mínima será de -70 dBm para garantizar la calidad del audio.

La distancia mínima entre dos zonas de cobertura WLAN con el mismo canal radioeléctrico debe ser 19 dB.»

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