Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 03/10/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 22 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones, para el ejercicio 2017, a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso del asociacionismo y promoción comercial en materia de artesanía, en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARA/ARE).

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Mediante Resolución de 29 de junio de 2017, de la Dirección General de Comercio (BOJA núm. 144, de 28 de julio), se convocan, para el año 2017, subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso del asociacionismo y promoción comercial en materia de artesanía, a conceder en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas, y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (modalidad ARA/ARE).

En el apartado cuarto, Presupuesto, de la referida Resolución de convocatoria, se establece que la cuantía del crédito disponible será distribuida territorialmente entre cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma Andaluza, con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes, mediante la oportuna resolución de declaración de distribución de créditos, que será publicada en el BOJA y en los mismos medios de publicidad que la presente convocatoria.

Asimismo, en el apartado cinco, Financiación, se determinan las partidas del presupuesto de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio con cargo a las cuales se concederán las subvenciones, así como las disponibilidades presupuestarias para la presente convocatoria.

En su virtud, de conformidad con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y la disposición adicional única de la Orden de 21 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso del asociacionismo y promoción comercial en materia de artesanía, a conceder en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (modalidad ARA/E),

RESUELVO

Primero. Establecer la siguiente distribución territorial de los créditos disponibles a los que hace referencia el apartado quinto de la Resolución de 29 de junio de 2017, por la que se convocan, para el año 2017, subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso del asociacionismo y promoción comercial en materia de artesanía, a conceder en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (modalidad ARA/ARE), entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la Orden de 21 de julio de 2016, de la siguiente manera: dicha asignación de cantidades se determina en proporción a la cuantía global de los importes solicitados correspondientes a la totalidad de las solicitudes presentadas en cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma Andaluza:

1. Para las subvenciones concedidas para asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas (Modalidad ARA), se destinará, con cargo a la partida presupuestaria 1400010000 G/76A/48402/0001, una cuantía máxima de 79.083,33 euros que se asigna al ejercicio 2017, con la siguiente distribución territorial:

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
2017 1.119,20 0,00 34.895,89 0,00 6.090,28 0,00 0,00 36.977,96

2. Para las subvenciones concedidas para empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARE):

a) Para gastos corrientes, se destinará, con cargo a la partida presupuestaria 1400010000 G/76A/47402/0001, una cuantía máxima de 393.600,00 euros que se asigna al ejercicio 2017, con la siguiente distribución territorial:

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
2017 13.353,85 28.281,94 148.800,99 33.029,98 27.679,62 31.639,14 53.810,92 57.003,56

b) Para gastos de capital, se destinará, con cargo a la partida presupuestaria 1400010000 G/76A/77402/0001, una cuantía máxima de 453.866,67 euros que se asigna al ejercicio 2017, con la siguiente distribución territorial:

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
2017 24.835,01 57.925,49 176.485,76 34.022,45 30.771,39 37.230,74 34.258,01 58.337,15

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de septiembre de 2017.- El Director General, Raúl Perales Acedo.

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