Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 13/10/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 5 de octubre de 2017, de la Secretaría General del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se declara la ampliación del crédito disponible de la convocatoria de 2017, de los incentivos públicos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y en empresas ordinarias, previstos en la Resolución de 27 de marzo de 2017, que se cita.

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Por Orden de 7 de febrero de 2017, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad (BOJA núm. 27, de 9 de febrero de 2017), integrado por cinco líneas de subvención.

Mediante Resolución de 27 de marzo de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, se convoca para el año 2017 la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017 (BOJA núm. 64, de 4 de abril de 2017).

De conformidad con el apartado primero del resuelvo segundo de la Resolución de 27 de marzo de 2017, las ayudas se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, con una cuantía máxima total para las ayudas convocadas de cuarenta y cuatro millones novecientos cincuenta mil euros (44.950.000 euros).

De dicha cuantía total prevista, los créditos disponibles para la concesión de los incentivos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad, tanto en Centros Especiales de Empleo como en empresas ordinarias, ascienden a novecientos mil euros (900.000 euros) y doscientos mil euros (200.000 euros), respectivamente.

Las circunstancias y la naturaleza de los beneficiarios de estas ayudas, que conforman un grupo vulnerable, heterogéneo y numeroso, precisa que se destinen todos los recursos disponibles a los efectos de crear el máximo número de puestos de trabajo para personas con discapacidad, con la finalidad de lograr una inclusión, cada vez mayor, de este colectivo en el mercado laboral.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo del resuelvo segundo de la Resolución de 27 de marzo de 2017, se prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes, que aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

En consecuencia, teniendo cuenta que se han recibido solicitudes de ayudas susceptibles de ser atendidas favorablemente por un importe total de ocho millones ciento veinticinco mil euros (8.125.000 euros), y atendiendo a las circunstancias específicas de las personas con discapacidad destinatarias de estas ayudas, y sus especiales dificultades de inserción laboral, es preciso destinar todos los recursos disponibles a crear el mayor número de puestos de trabajo posibles.

Precisado lo anterior, procede incrementar los créditos disponibles para la convocatoria de 2017, establecidos en el apartado primero del resuelvo segundo de la Resolución de 27 de marzo de 2017, en la cuantía de cinco millones setecientos veinticinco mil euros (5.725.000 euros) para la línea de incentivos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, y en la cuantía de un millón trescientos mil euros (1.300.000 euros), para la línea de incentivos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas ordinarias, lo que supone un incremento total de siete millones veinticinco mil euros (7.025.000 euros).

En virtud de cuanto antecede, previo informe favorable de la Dirección General competente en materia presupuestaria, conforme a lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera; en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la disposición adicional primera de la Orden de 7 de febrero de 2017, y de acuerdo con el apartado segundo del resuelvo segundo de la Resolución de 27 de marzo de 2017, en relación con lo establecido en el artículo 15.2.c) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por el Decreto 96/2011, de 19 de abril, así como con el artículo 13.1.c) del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio,

RESUELVO

Primero. Declaración del crédito disponible.

Se amplía en siete millones veinticinco mil euros más (7.025.000 euros) la disponibilidad presupuestaria máxima establecida en la Resolución de 27 de marzo de 2017, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2017, la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, distribuidos en las siguientes partidas presupuestarias:

- Incentivos públicos destinados a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A.E.C. 2017 IMPORTE CONVOCATORIA INCREMENTO IMPORTE TOTAL
1439180000 G/32L/46004/00 S0574 900.000 euros 5.725.000 euros 6.625.000 euros
1439180000 G/32L/47004/00 S0574
1439180000 G/32L/48004/00 S0574

- Incentivos públicos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en empresas ordinarias.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A.E.C. 2017 IMPORTE CONVOCATORIA INCREMENTO IMPORTE TOTAL
1439180000 G/32L/46004/00 S0574 200.000 euros 1.300.000 euros 1.500.000 euros
1439180000 G/32L/47004/00 S0574
1439180000 G/32L/48004/00 S0574

Segundo. Publicación.

Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 5 de octubre de 2017.- El Director Gerente, Julio Samuel Coca Blanes.

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