Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 24/10/2017

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 19 de octubre de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00123118.

Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n,  3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1.- Expte.- CA/2012/526/AGMA/ENP/rtz. Miguel Jiménez Pérez. Alcalá de los Gazules (Cádiz). Imposición de una Vigésima Multa Coercitiva. Llevar a cabo limpia, poda y resalveo de 12 acebuches, sustitución de alambrada de hilos por mallazo en una longitud de 30 M. Roza de matorral mediterráneo, lentisco y zarza y eliminación de chumberas, construcción de nave de chapa verde, placa de hormigón. Caseta de 5x2,5 m de chapa galvanizada. Construcción de cinco corrales con ladrillos y bloques de hormigón cimentados al suelo, todo ello en espacio natural protegido y sin autorización, en el paraje conocido como Patrite, en el Parque Natural de los Alcornocales. Acuerdo: 1-Imponer a Miguel Jiménez Pérez una Vigésima Multa Coercitiva en la cuantía de 3.000 Euros, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de instar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones con advertencia de que si una vez instada la actuación no es autorizable total o parcialmente deberá proceder a la retirada de las edificaciones o instalaciones que no sean autorizables. 2-Se le apercibe de que a esta multa seguirá otra de 3.000 euros si en el plazo de un mes no procede al cumplimiento de la obligación según art.77.5 de la ley 42/2007 de patrimonio y biodiversidad y seguirán sucesivas multas hasta que no se acredite documentalmente el cumplimiento de la misma.

2.- Expte.- CA/2016/1098/GC/ENP. Pablo Jordán Velázquez. Hervas (Cáceres). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Realizar acampada en el Parque Natural de las Breñas teniendo montado un refugio que ocupa unos dos metros cuadrados así como numerosos enseres esparcidos alrededor, en el Espacio Protegido (La Breña y Marismas del Barbate) , en el T.M. de Barbate (Cádiz). Los hechos declarados probados constituye infracción administrativa expresamente tipificada por el Artº 26.1 a) de la Ley 2/89 de Inventario de ENP de Andalucía. Calificada como leve y sancionable según Artº 26.1 a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 100 Euros.

3.- Expte.- CA/2017/199/GC/ENP. Accio Castillo Grosso. Algeciras (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Acampar en el interior del Parque Natural Sierra de Grazalema con el vehículo matrícula SE 1609 CL encontrándose pernoctando en el interior del mismo,en el paraje conocido como Carretera A-372 Zona Camping Tajo Rodillo KM 48, en el Espacio Protegido (Sierra de Grazalema) , en el T.M. de Grazalema (Cádiz). Los hechos declarados probados constituye infracción administrativa expresamente tipificada por el Artº 26.1 a) de la Ley 2/89 De Inventario de ENP de Andalucía. Calificada como leve y sancionable según Artº 26.1 a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 100 Euros.

4.- Expte.- CA/2017/440/GC/ENP. José María Zaragoza Martí. Algeciras (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Estacionar el vehículo matrícula 5417 GBC entre el ocaso y la salida del sol en el interior del parque natural del estrecho encontrándose pernoctando en el interior del mismo, en el paraje conocido como Tapia, en el Espacio Protegido (Del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Resuelve: Declarar terminado el procedimiento dándose por manifestada la renuncia del interesado a cualquier acción o recurso en vía administrativa.

5.- Expte.- CA/2017/581/GC/EP. Jesús María Guzmán Sánchez. Algeciras (Cádiz). Propuesta de Resolución. Capturar aves friguilidas con artes prohibidas (Red Abatible) sin autorización, habiendo capturado 10 Jilgueros y 2 chamarines, en el paraje conocido como Finca Venta del Carmen, en el T.M. de Los Barrios (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 74.10 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 74.10 y 82.1b) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se considera suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 73.1 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2b) del mismo texto legal. El tercero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 73.1 de la  Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como leve y sancionable según Artº 73.1 y 82.1 a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 700 Euros. Otras obligaciones no Pecuniarias: la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes (art. 83.1 de la Ley 8/2003).

Cádiz, 19 de octubre de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

Descargar PDF