Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 06/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de octubre de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 429/2017.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 429/2017. Negociado: LH.

NIG: 2906744S20170005563.

De: Doña María Eugenia Martín Porras.

Abogado: Don Francisco Manuel Montero Cabello.

Contra: Integrated Call Center Services, S.L., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y Gestión y Selección de Personal ETT, S.L.

EDICTO

Don Agustín Salinas Serrano, Letrado, de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 429/2017, se ha acordado citar a Integrated Call Center Services, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezca el próximo día 21 de noviembre de 2017, a las 10:20 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Fiscal Luis Portero García (Ciudad de la Justicia de Málaga), planta 3.ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora la referida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Integrated Call Center Services, S.L., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autonóma.

En Málaga, a diecisiete de octubre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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