Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 08/11/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Extracto de la Resolución de 31 de octubre de 2017, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa una convocatoria complementaria para el año 2017 de las subvenciones previstas en la Orden de 28 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva, Línea 3. Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer.

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BDNS (Identif): 368944.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero.

Se convoca de forma complementaria para el año 2017 las subvenciones previstas en la Orden de 28 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no competitiva, Línea 3. Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades de Municipios y Consorcios para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Ayuntamientos, las Mancomunidades de municipios y los Consorcios de Andalucía que tengan Centro Municipal de Información a la Mujer en funcionamiento y se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado 4 del Cuadro Resumen de la línea regulada en la Orden 28 de junio de 2016 (BOJA núm. 125, de 1 de julio) y que no hayan sido beneficiarios de la convocatoria del ejercicio 2017 efectuada mediante Resolución de 30 de marzo de 2017.

Tercero. Objeto.

Financiación de los gastos de mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer en aplicación del artículo 41.1 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, entendiendo en todo caso la violencia de género como la manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, que se ejerce sobre éstas por el solo hecho de serlo.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a Ayuntamientos, Mancomunidades de municipios y Consorcios para el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer, aprobadas mediante la Orden de 28 de junio de 2016 (BOJA núm. 125, de 1 de julio).

Quinto. Importe.

La dotación máxima de la línea de subvención es de 105.000 euros. La distribución para la anualidad presente es de una cuantía máxima de 78.750 euros; y para el ejercicio correspondiente al año 2018, una cuantía máxima de 26.250 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días naturales desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, así como en la sede del Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros de la Mujer Provinciales.

La Directora, Elena Ruiz Ángel.

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