Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00124450.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
La Intervención General de la Junta de Andalucía es el superior órgano de control interno y de contabilidad pública de la gestión económica de la Administración de la Junta de Andalucía y de la totalidad de sus entidades instrumentales, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
En los últimos años se ha producido un reforzamiento de las labores de control como medio para garantizar el cumplimiento de la legalidad económico presupuestaria en todos los ámbitos de la Administración de la Junta de Andalucía.
En este sentido, resulta necesaria la implantación de nuevas fórmulas que combinen el control previo de las operaciones de mayor volumen económico con los controles a posteriori de carácter financiero.
Por último, se debe reforzar la función interventora en distintos ámbitos como consecuencia de diversas medidas organizativas recientemente aprobadas. Así, por su dimensión y complejidad se refuerza esta función en el Patronato de la Alhambra y Generalife; en el Servicio Andaluz de Empleo y en el Servicio Andaluz de Salud, por la implantación total o parcial, respectivamente, del control previo y, en materia de auditoría de los fondos europeos, por el incremento de las tareas desarrolladas.
Por todo ello, resulta necesario modificar la relación de puestos de trabajo para dotar a la Intervención General de la Junta de Andalucía de los puestos de trabajo necesarios y adecuados para el correcto ejercicio de las funciones encomendadas.
También resultan afectados otros centros directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública al modificarse la adscripción de algunas plazas. En este sentido, se adscriben dos asesorías técnicas a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública como consecuencia de la eliminación de dos puestos de trabajo de consejería técnica.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, con relación al artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de noviembre de 2017,
DISPONGO
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública queda modificada en los términos indicados en el Anexo del presente Decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de noviembre de 2017
SUSANA DÍAZ PACHECO | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |