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El artículo 9 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé que las Consejerías y Organismos Autónomos dispondrán, tanto en los Servicios Centrales como en sus Delegaciones, Direcciones o Gerencias Provinciales y en aquellos grandes centros administrativos en los que así se haya previsto, de un Registro General de Documentos en el que se admitirá y anotará todo escrito o comunicación que sea presentado o que se reciba destinado a cualquier órgano de las Administraciones Públicas. De igual forma se anotarán y cursarán los escritos y comunicaciones oficiales dirigidos a los particulares o a otros órganos administrativos.
La Orden de 23 de febrero de 2017, por la que se actualiza la estructura de gestión y funcionamiento para la prestación de los servicios de atención especializada en el Área de Salud de Granada, dispone la creación del Área Hospitalaria Centro-Oeste de Granada, siendo el Hospital Universitario Campus de la Salud hospital de referencia de dicha área.
La citada Orden 23 de febrero de 2017, en su disposición derogatoria única, estable que queda derogada la Orden de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de 21 de noviembre de 2014, por la que se establece la estructura de gestión y funcionamiento para la prestación de los servicios de atención especializada en el Área de Salud de Granada.
En este sentido, consta petición razonada de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario del Campus de la Salud de Granada, del Servicio Andaluz de Salud, justificando la necesidad de crear un Registro General de Documentos en el Hospital Universitario del Campus de la Salud de Granada, sito en Avenida de la Investigación, s/n, 18016 Granada.
Por todo ello, la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud propone la creación del Registro General de Documentos del Hospital Universitario del Campus de la Salud de Granada, sito en Avenida de la Investigación, s/n, 18016 Granada, siendo los horarios de atención al público de 9,00 a 14,00 horas de lunes a viernes, en días laborables, así como, la supresión del Registro General de Documentos del Complejo Hospitalario Universitario de Granada, sito en Avenida Fuerzas Armadas, núm. 2, 18014 Granada.
A la vista de cuanto antecede, y en el uso de las competencias otorgadas en el Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,
R E S U E L V O
Primero. Autorizar la creación del Registro General de Documentos del Hospital Universitario del Campus de la Salud de Granada, sito en Avenida de la Investigación, s/n, 18016 Granada.
Segundo. Suprimir el Registro General de Documentos del Complejo Hospitalario Universitario de Granada, sito en Avenida Fuerzas Armadas, núm. 2, 18014 Granada.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de octubre de 2017.- La Directora Gerente, Francisca Antón Molina.
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