Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 14/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 24 de octubre de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 354/2017.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 354/2017. Negociado: P.

NIG: 2906744S20170004583.

De: Don José Manuel González Pérez.

Abogado: Don Obdulio Javier García Claros.

Contra: Starlife Magazine, S.L. y Fogasa.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 354/2017 a instancia de la parte actora don José Manuel González Pérez contra Starlife Magazine, S.L., y Fogasa sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 388/2017

En Málaga, a veinticuatro de octubre dos mil diecisiete.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, los presentes autos núm. 354/2017, promovidos por don José Manuel González Pérez, asistido por Letrado Sr. García Claros, frente a la entidad Star Life Magazine, S.L., que no comparece, por despido y reclamación de cantidad.

FALLO

1.º Que estimando la demanda interpuesta por don José Manuel González Pérez, frente a la entidad Star Life Magazine, S.L., sobre despido debo declarar y declaro la improcedencia del despido, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración, y condenando igualmente a la demandada a que, a su opción, readmita a la demandante, en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido con abono de salarios de tramitación que equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, o bien le indemnice con la cantidad de 272,75 euros debiendo advertir por último a la empresa demandada que la opción señalada habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la Sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

2.º Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don José Manuel González Pérez, frente a la entidad Star Life Magazine, S.L., sobre reclamación de cantidad, se condena a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 2.646,89 euros mas el 10% de interés moratorio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sede en Málaga, y que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta Sentencia, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Juzgado. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito de 300,00 euros, que ingresará con independencia a la consignación en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de anunciar el recurso de suplicación.

Diligencia de publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Magistrada que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Starlife Magazine, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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