Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 24/11/2017

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 11 de noviembre de 2017, de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda en Málaga, Junta Arbitral de Transportes, de notificación de laudo dictado en procedimiento de arbitraje en materia de transportes.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que intentada la notificación en el domicilio que consta en el expediente esta no ha podido practicarse, mediante el presente anuncio se hace pública la notificación del laudo dictado en el procedimiento de arbitraje, en materia de transportes, que a continuación se indica, y que se encuentra a disposición del interesado en el Servicio de Transportes de esta Delegación Territorial en Málaga, sita en Plaza San Juan de la Cruz, núm. 2, 290007, Málaga, en donde podrá comparecer en el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado para el conocimiento integro del mismo:

Expediente JAT-MA-015-2017.

Reclamante: Ttes. Buytrago Andalucía, S.A.

Reclamada: La Dehesa de Vélez, S.L.

Laudo: Estimar totalmente la reclamación.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, por lo que transcurridos 20 días desde su notificación a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante los Juzgados de Málaga, conforme a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y de Enjuiciamiento Civil.

Contra este laudo puede ejercitarse acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y contra el laudo firme, recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo, podrá solicitarse a la Junta Arbitral su corrección, aclaración, complemento o rectificación de la extralimitación, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje.

Málaga, 11 de noviembre de 2017.- El Delegado, Francisco Fernández España.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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