Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 27/11/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se amplían los créditos disponibles para la convocatoria realizada por la Resolución de 29 de junio de 2017 por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del Comercio Ambulante (Modalidad CAM).

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Mediante la Orden de 29 de julio de 2016 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del Comercio Ambulante (Modalidad CAM) (BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2016).

Por Resolución de 29 de junio de 2017, se convocaron subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del Comercio Ambulante (Modalidad CAM), para el ejercicio 2017 (BOJA número 133, de 13 de julio de 2017).

De acuerdo con la convocatoria y limitaciones presupuestarias descritas en los punto séptimo y octavo de la Resolución mencionada, en la cuantía total máxima disponible en el crédito vinculante era de 600.000€, para el ejercicio 2017, con cargo a la siguiente partida presupuestaria: 2017 1400010000G/76A/76400/0001 1993000299.

Mediante Resolución de fecha 3 de noviembre de 2017, se modifica la resolución de convocatoria y la consiguiente resolución de redistribución de créditos correspondientes a la misma (BOJA núm.217, de 13 de noviembre de 2017), ampliando el crédito hasta una cuantía total máxima de 800.000 €, distribuida entre las anualidades 2017 y 2018 con cargo a las partida presupuestarias 1400010000G/76A/76400/0001 1993000299 correspondientes a ambas anualidades consignadas en los presupuestos, con la siguiente distribución:

Partida Presupuestaria 2017 2018
1400010000G/76A/76400/0001 1993000299 600.000,00 200.000,00

El resuelvo séptimo de la Resolución de 29 de junio de 2017, prevé que los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de subvenciones que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Habiéndose producido un aumento sobrevenido de los créditos aplicables a la convocatoria, procede declarar nuevos créditos disponibles para atender a las solicitudes presentadas.

De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con la disposición adicional única de la Orden de 29 de julio de 2016, por la que se aprueban bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del Comercio Ambulante (Modalidad CAM),

RESUELVO

Primero. Declaración de créditos disponibles.

Se amplía la cuantía establecida en la Resolución de 29 de junio de 2017, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM), posteriormente modificada por la Resolución de 3 de noviembre de 2017. El importe de la ampliación es de 502.286,81 euros, correspondiendo 376.715,11 euros al ejercicio 2017, y 125.571,70 al ejercicio 2018.

Segundo. Aplicación de créditos.

Los créditos disponibles totales máximos resultantes serán de aplicación para atender a las solicitudes presentadas, conforme al procedimiento de concesión previsto en las bases reguladoras y a la convocatoria efectuada por la mencionada Resolución de convocatoria.

Tercero. Redistribución del crédito.

Establecer la redistribución territorial de los créditos disponibles a los que hace referencia el apartado primero de la presente Resolución entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la Orden de 29 de julio de 2016, en atención a la cuantía global de las subvenciones solicitadas inicialmente por cada una de Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía.

Así, con cargo a la partida presupuestaria 1400010000G/76A/76400/0001 1993000299, en sus anualidades 2017 y 2018, la distribución será la siguiente:

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
2017 20.295,19 9.279,62 76.112,06 65.631,88 8.154,62 25.779,62 30.069,41 141.392,70
2018 6.765,06 3.093,20 25.370,69 21.877,29 2.718,21 8.593,21 10.023,14 47.130,90

Cuarto. Eficacia.

La presente Resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de noviembre de 2017.- El Director General, Raúl Perales Acedo.

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