Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 27/11/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 21 de septiembre de 2017, de la Secretaría General del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Jaén y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 680/2017.

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Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Jaén en el procedimiento abreviado 680/2017, originado por recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Montizón contra la Resolución dictada en fecha 17.11.2016, por el Director Gerente de Servicio Andaluz de Empleo, por la que se impuso a dicha Corporación Local una sanción de 6.251,00 euros por la comisión de una infracción laboral muy grave en materia de empleo, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.

Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

En virtud de cuanto antecede, esta Secretaría General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14 del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio (BOJA número 136, de 15 de julio de 2015), y el artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011),

RESUELVE

Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente al Ayuntamiento de Montizón al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Jaén.

Segundo. Notificar la presente Resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado 680/2017, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el referido Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 21 de septiembre de 2017.- La Secretaria General, Concepción Martín Brenes.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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