Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 27/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 26 de septiembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de La Línea de la Concepción, dimanante de autos núm. 515/2012. (PP. 3269/2017).

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NIG: 1102242C20120002412.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 515/2012. Negociado: 2.

De: Carrillo Dávila, S.L.

Procurador: Sr. Juan Manuel Aldana Ríos.

Contra: Junta de Compensación Polígono 3, El Conchal II.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 515/2012 seguido a instancia de Carrillo Dávila, S.L. frente a Junta de Compensación Polígono 3, El Conchal II, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal del extracto de la misma es el siguiente:

SENTENCIA

En La Línea de la Concepción, a diecinueve de septiembre de dos mil catorce.

Vistos por mí, doña Raquel Gómez Sancho, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de La Línea de la Concepción, y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario 515/20112, de reclamación de cantidad derivada de responsabilidad contractual, seguidos a instancia de Carrillo Dávila, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Juan Manuel Aldana Ríos, contra Junta de Compensación del Polígono 3, El Conchal II.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Carrillo Dávila, S.L. y condenar a la Junta de Compensación El Conchal II, y condenarle al abono de la cantidad de 484.423.08 euros, más los intereses legales y las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante su Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, quedando la original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firma, doña Raquel Gómez Sancho.

Y encontrándose dicho demandado, Junta de Compensación Polígono 3, El Conchal II, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En La Línea de la Concepción, a veintiséis de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusicamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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