Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 04/12/2017

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 28 de noviembre de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del Expte.

- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: Un mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1. Expte.- CA/2017/469/AGMA/ENP. Marina Vaquerizo Baena. Torremolinos (Málaga). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Estacionar el vehículo, matrícula 3305FPM, entre el ocaso y la salida del sol en el interior del Parque Natural del Estrecho, encontrándose pernoctando en el interior del mismo, en el paraje conocido como Arroyo Alparriate, en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 26.1.a) de la Ley 2/89, de Inventario E.N.P. de Andalucía, siendo calificada como Leve y sancionable según Artº 26.1.a) y 27.1.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de multa pecuniaria de 100 Euros.

2.- Expte.- CA/2017/543/GC/EP. Joaquín Naranjo Meléndez. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar en coto sin autorización del titular, auxiliándose de hurones (arte prohibida) y perros y sin licencia de caza; en el paraje conocido como Coto Cinegético “Mora y Zurraque”, con matrícula CA-10656, en el T.M. de Puerto Real (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como en los Artº 74.10, 77.9 y 77.7 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificadas como Graves y sancionables según los Artº 74.10, 77.9, 77.7 y 82.2.b), 82.1.b) y 82.2.b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 4.000 Euros.

3.- Expte.- CA/2017/550/GJC/CAZ. Manuel Carrasco Martínez. Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar con tres perros en coto sin autorización del titular y sin licencia de caza; en el paraje conocido como Coto Cinegético “Nuestra Señora de la Amargura”, con matrícula CA-11172, en el T.M. de Jerez de la Frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en los Artº 77.9 y 77.7 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificadas como Graves y sancionables según los Artº 77.9 y 77.7 y 82.2.b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 1.202 Euros.

4.- Expte.- CA/2017/640/AGMA/PES. Kevin Smith. Utrera (Sevilla). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Pescar con dos cañas desde la orilla del pantano, estando prohibido; en el paraje conocido como Pantano de Zahara – El Gastor, en el Espacio Protegido (P.N. Sierra de Grazalema), en el T.M. de Zahara (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 79.11 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Grave y sancionable según los Artº 79.11 y 82.2.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 300 Euros.

5.- Expte.- CA/2017/671/AGMA/COS. Antonio Ortega Camacho. Barbate (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Desempeño de la actividad de sala de fiestas. Reparación de pavimento existente. Instalación de contenedor prefabricado a modo de aseo portátil. Instalación de escenario portátil ocupando unos 20 m² de Servidumbre de Protección. Todo ello en Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, sin autorización de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; en el paraje conocido Deslinde DES 01/07/0001 O.M. de 31/3/2009 (entre los Hitos M16 y M17), en el T.M. de Barbate (Cádiz). Resolución: Declarar la caducidad del Procedimiento Sancionador CA/2017/671/AGMA/COS, instruido contra Antonio Ortega Camacho como presunto responsable de la/s infracción/es descritas en el cuerpo de antecedentes de esta Resolución, por haber transcurrido los plazos legalmente establecidos para su instrucción.

6.- Expte.- CA/2017/746/GC/CAZ. Luis Celis Muñoz. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Propuesta de Resolución. Cazar con artes prohibidas (1 hurón y 9 redes huroneras) sin autorización y en terreno no cinegético, habiendo capturado 9 conejos; en el paraje conocido Costa Ballena, en el T.M. de Chipiona (Cádiz). El 1º de los hechos declarados probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en los Artº 74.10 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Grave y sancionable según los Artº 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. El 2º de los hechos declarados probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en los Artº 77.12 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Grave y sancionable según los Artº 77.12 y 82.2.b) del mismo texto legal. Propuesta: Sanción de Multa Pecuniaria por importe de 3.000 Euros. Indemnización: 152 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un período de un mes.

7.- Expte.- CA/2017/761/GC/PES. Cristian Cardoso Marín. Jerez de la Frontera (Cádiz). Propuesta de Resolución. Cazar sin licencia de pesca continental; en el paraje conocido Carretera del Río (Río Guadalquivir), en el T.M. de Trebujena (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en los Artº 79.2 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificadas como Leves y sancionables según los Artº 79.2 y 82.2.a) del mismo texto legal. Propuesta: Sanción de Multa Pecuniaria por importe de 100 Euros.

8.- Expte.- CA/2017/803/GC/COS. Giovanni Arana Iglesias. San Roque (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Construcción de plancha de hormigón de unos 450 m² aproximadamente y sobre ella se instala una estructura de vigas de hierro, todo ello en zona afectada de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre sin autorización de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; en el paraje conocido como entrando por parcela AR Polígono Industrial 1 (margen izquierdo Río Guadarranque) , en el T.M. de San Roque (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: infracción tipificada como tal por el Artº 90.2.g) de la Ley de Costas. Siendo sancionable según 97-1.c) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los hechos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionable con: Multa: 18.803,82 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Demolición de lo Ilícitamente construido.

9.- Expte.- CA/2017/805GC/COS. Antonio Ortega Camacho. Barbate (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Desempeño de la actividad de sala de fiestas. Reparación de pavimento existente. Instalación de contenedor prefabricado a modo de aseo portátil. Instalación de escenario portátil ocupando unos 20 m² de Servidumbre de Protección. Todo ello en Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, sin autorización de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; en el paraje conocido Deslinde DES 01/07/0001 O.M. de 31/3/2009 (entre los Hitos M16 y M17), en el T.M. de Barbate (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: infracción tipificada como tal por el Artº 90.2.j) de la Ley de Costas. Siendo sancionable según 97-1.c) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los hechos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionable con: Multa: 3.237,75 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Restitución del terreno a su ser y estado anterior, con retirada de las instalaciones ilícitamente ejecutadas.

10.- Expte.- CA/2017/1018/GC/CAZ. Miguel Ángel Pastor Castelar. Cádiz (Cádiz). Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador y Formulación de Cargos. Cazar con perros en coto privado de caza sin autorización de si titular y sin licencia de caza, y sin D.N.I. y tarjeta de habilitación del cazador; en el paraje conocido Costa Ballena, en el T.M. de Chipiona (Cádiz). El 1º de los hechos declarados probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en los Artº 77.9 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Grave y sancionable según los Artº 77.9 y 82.2.b) del mismo texto legal. El 2º de los hechos declarados probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en los Artº 77.7 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Grave y sancionable según los Artº 77.7 y 82.2.b) del mismo texto legal. El 3º y 4º de los hechos declarados probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en los Artº 76.14 de la Ley 8/2003 de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como Leve y sancionable según los Artº 76.14 y 82.2.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los hechos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionable con: Multa: 1.500 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Puede llevar consigo la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un período de un mes a cinco años.

11.- VP/00104/2008. Loma de la Grulla S.L. Benalup – Casas Viejas (Cádiz). Recordatorio de Pago. En relación con la autorización de ocupación de terreno perteneciente a la Vía Pecuaria Cañada de la Mesa, en el T.M. de Medina Sidonia (Cádiz), para la ejecución de obra consistente en autorización para cruce, que le ha sido concedida por Resolución de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se adjunta carta de pago (mod. 047) correspondiente al canon del año 2017 y cuyo pago no existe constancia de que se haya producido.

Cádiz, 28 de noviembre de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

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