Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 15/12/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 1 de septiembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Lebrija, dimanante de procedimiento juicio verbal núm. 228/2014. (PP. 3127/2017).

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NIG: 4105341C20141000232.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 228/2014. Negociado: ca.

De: Agrar Plantas del Sur, S.A.

Procuradora: Sra. María José Benítez Arriaza.

Contra: Fitagro, S.A.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 228/2014, seguido a instancia de Agrar Plantas del Sur, S.A., frente a Fitagro, S.A., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Lebrija, Sevilla.

Procedimiento: Juicio Verbal núm. 228/14.

Rebeldía del demandado.

SENTENCIA 12/16

En Lebrija, a 2 de febrero del 2016.

Vistos por mí doña Eva Salcedo Marín, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Lebrija y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal número 228/14, seguidos en este Juzgado a instancia de la entidad Agrar Plantas del Sur, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña María José Benítez Arriaza y asistida del Letrado don Javier García Fernández (en sustitución de don Francisco Moreno Andrés), contra la entidad Fitago, S.A., en situación de rebeldía procesal, habiendo versado los presentes autos sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la entidad Agrar Plantas del Sur, S.A., contra la entidad Fitago, S.A., condenando a este último a que abone al actor la cantidad de 1.848,74 euros, más los intereses fijados en el fundamento jurídico cuarto; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Y encontrándose dicho demandado, Fitagro, S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Lebrija, a uno de septiembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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