Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00107503.
El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, dispone en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el artículo 21.2 de dicha norma corresponde a la Jefatura de Sección u órgano asimilado responsable del Registro General de Documentos. De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura de servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos. Asimismo, prevé la posibilidad de que los órganos que tengan dicha competencia podrán delegarla en otros órganos o unidades, incluso no dependientes jerárquicamente.
Por razones técnicas y con objeto de agilizar la actuación administrativa, se hace necesario delegar la competencia para autenticación de copias de documentos mediante cotejo, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y considerando la disposición transitoria cuarta sobre el Régimen Transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, que dispone la vigencia de la disposición reguladora sobre compulsa, en tanto no entren en vigor las previsiones relativas al registro electrónico de las Administraciones Públicas, así como el artículo 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por cuanto antecede,
RESUELVE
Hacer público el Acuerdo de 30 de enero de 2017, de la Secretaría General Provincial de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba, por la que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que se citan, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.
Córdoba, 31 de enero de 2017.- El Delegado, Francisco de Paula Algar Torres.
ANEXO
Acuerdo de 30 de enero de 2017, de la Secretaría General Provincial de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba, por el que se delega el ejercicio de la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que se citan.
De conformidad con el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, la competencia para la autenticación de copias de documentos corresponde a la Jefatura de Sección u órgano asimilado responsable del Registro General de Documentos. De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura de servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.
Debido al gran número de documentos presentados para su compulsa, en cumplimiento de los previsto en el artículo 53.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el fin de agilizar y mejorar la atención directa al ciudadano se hace necesario delegar la competencia para autenticación de copias de documentos mediante cotejo, en los puestos que se citan, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y considerando la disposición transitoria cuarta sobre el Régimen Transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, que dispone la vigencia de la disposición reguladora sobre compulsa, en tanto no entren en vigor las previsiones relativas al registro electrónico de las Administraciones Públicas, así como el artículo 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta Secretaría General Provincial en el ejercicio de las funciones que tiene asignadas según Decreto 204/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
A C U E R D O
Primero. Delegar la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados que se presenten en el Registro General de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba para ser tramitados en la misma, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos, en los titulares de los puestos que a continuación se relacionan:
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL
Código 1489810 – Secretario/a General Provincial
Código 9548510 – Negociado de Gestión
Código 9548610 – Departamento de Vías Pecuarias
Código 6532010 – Negociado de Gestión.
Código 2204310 – Sección de Informes y Sanciones
Código 6530510 – Asesor Técnico-Informes y Sanciones
Código 9548710 – Negociado Seguimiento de Obligaciones
Código 2375110 – Negociado de Informes y Sanciones
Código 7785610 – Sección Protección y Legalidad
Código 9968510 – Negociado de Tramitación
Código 9743710 – Coordinador Provincial A.M.A.
Código 9751410 – Coordinador Provincial Adjunto A.M.A.
OFICINA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Código 9508810 – Of. Ordenación del Territorio
Código 9509610 – Negociado de Tramitación
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
Código 10021010 – Sv. Administración General
Código 6531310 – Sección de Personal y Régimen Interior
Código 14810 – Negociado de Registro e Información
Código 2373610 – Negociado de Régimen Interior
Código 2539310 – Negociado de Personal
Código 6527410 – Sección Gestión Económica y Contratación
Código 16310 – Negociado Gestión Presupuestaria
Código 14710 – Negociado de Habilitación
Código 2370010 – Negociado de Contratación
Código 6531810 – Sección de Patrimonio
Código 2204410 – Dp. de Informática
SERVICIO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
Código 6530610 – Sv. Protección Ambiental
Código 16410 – Departamento de Prevención y Control Ambiental
Código 6530710 – Negociado de Gestión y Registro de Actividades
Código 15710 – Departamento de Calidad del Aire
Código 6531010 – Negociado de Gestión y Registro de Actividades
Código 6530910 – Departamento de Residuos y Calidad del Suelo
Código 6530810 – Negociado de Gestión y Registro de Actividades
Código 10751210 – Negociado de Registro SIRTP
Código 11386010 – Departamento de Inspección Ambiental
Código 9555010 – Negociado de Gestión y Registro de Actividades
SERVICIO DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
Código 9539910 – Sv. Espacios Naturales Protegidos
Código 6529310 – Departamento de Uso Público y Desarrollo Sostenible
Código 9540010 – Departamento de Gestión de Espacios Naturales Protegidos
SERVICIO DE GESTIÓN DEL MEDIO NATURAL
Código 2368410 – Sv. Gestión del Medio Natural
Código 6528110 – Negociado de Autorizaciones y Subvenciones
Código 15610 – Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad
Código 2373110 – Negociado de Gestión
Código 9555210 – Departamento de Caza y Pesca
Código 11066310 – Negociado Registro de Caza y Pesca
Código 9555410 – Negociado Gestión de Cotos
Código 2368810 – Departamento de Actuaciones en el Medio Natural
Código 2373410 – Negociado de Gestión
SERVICIO DE URBANISMO
Código 2296810 – Svo. Urbanismo
Código 9802010 – A.T. Información Urbanística
Código 7785310 – Asesor Técnico
Código 236010 – Negociado de Tramitación
Código 2297110 – Sección Planeamiento Urbanístico
Código 2296910 – Sección de Gestión y Ejecución de Planes
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL
Código 3301010 – Titulado Superior
Código 3300910 – Titulado Superior
Código 3300810 – Titulado Superior
Código 16710 – Titulado Superior
Código 2540310 – Titulado Grado Medio
Código 16810 – Titulado Grado Medio
Código 2540410 – Auxiliar de Gestión
Código 12104310 – Administrativo
Código 11520210 – Administrativo
Código 2540810 – Administrativo
Código 16110 – Auxiliar Administrativo
Código 15810 – Auxiliar Administrativo
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA
Código 9687810 – Gerente Provincial
Código 9861610 – Negociado de Tramitación
Código 9861410 – Departamento de Contratación, Patrimonio y Gestión Económica
Código 10747010 – Asesor Técnico de Expropiaciones
Código 9861210 – Negociado de Registro e Información
Código 9861110 – Negociado de Régimen Interior y Recursos Humanos
Código 9839010 – Asesor Técnico
Código 237610 – Dp. Obras Hidráulicas
Código 11407710 – Asesor Técnico
Código 9694410 – Auxiliar de Gestión-Secretario/a
UNIDAD TRANSITORIA AGUAS
Código 11935910 – Auxiliar de Gestión
Código 12419010 – Administrativo
Segundo. La delegación de competencias contenida en el presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento el órgano delegante pueda avocar para si la competencia ahora delegada.
Tercero. En las copias auténticas que se expidan, mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.
Cuarto. La presente delegación de competencias revoca cualquier otra disposición anterior por la que se delegaran competencias para la autenticación y compulsa de documentos.
Quinto. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación.
La Secretaria General Provincial. Fdo. Isabel Rivera Salas.
Descargar PDF