Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 8 de febrero de 2017, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se prorroga la bolsa de trabajo temporal para el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el grupo de Bomberos Forestales Técnicos de Operaciones, y se abre el plazo de actualización de datos para revisión de la puntuación.

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Mediante Resolución de 21 de marzo de 2016, de esta Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, se efectuó una convocatoria pública para la constitución de una bolsa de trabajo para la contratación temporal de personal en el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 58, de 29.3.2016).

Dicha bolsa de trabajo temporal tiene el objeto de garantizar la prestación del servicio del Plan de Emergencias contra Incendios Forestales de Andalucía (Plan INFOCA), para lo cual resulta necesario disponer de una bolsa de trabajo para cubrir los puestos vacantes, con motivo de la sustitución de trabajadores y trabajadoras con reserva de puesto de trabajo, en virtud de las normas laborales. Igualmente, dicha bolsa sirve para poder cubrir los puestos vacantes durante el proceso de selección con motivo de una oferta de empleo público, así como para poder dotar recursos en situaciones excepcionales de la producción que así lo requieran, o para la contratación temporal de personal relevista, previos los trámites legalmente establecidos.

El apartado 12.12 de las bases de la bolsa de trabajo temporal estableció la duración de dicha bolsa en un año, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga. En su virtud, la bolsa de trabajo ha servido para cubrir las bajas producidas durante la campaña de medio y alto riesgo de incendios forestales de 2016, con la necesaria celeridad y garantía de cualificación profesional de las personas que la integran.

Convocado a través de Resolución de esta Dirección Gerencia el proceso selectivo para el ingreso mediante relación laboral fija en la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, en puestos de trabajo del Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, correspondientes a las categorías profesionales de Bomberos Forestales, Especialistas de Prevención y Extinción y Conductores Operadores de Autobomba, procede que se constituya una nueva bolsa de empleo temporal para dichas categorías, con las personas que, habiendo participado en dicho proceso selectivo y superen la puntuación mínima en el concurso, no habiendo obtenido plaza, manifiesten su voluntad de incorporarse a la bolsa de trabajo temporal.

En cuanto se refiere a la categoría profesional de Bombero Forestal-Técnico de operaciones, no habiendo sido convocadas plazas correspondientes a dicha categoría, procede ordenar la prórroga de la bolsa de trabajo regional constituida para 2016, que mantendrá su vigencia hasta tanto se produzca una convocatoria con plazas fijas para la citada categoría profesional que permita crear una nueva bolsa de trabajo temporal derivada de ese proceso.

A tales efectos, mediante esta Resolución se abre el plazo de actualización de datos y revisión de la puntuación en la bolsa regional para Bombero Forestal-Técnico de Operaciones.

En su virtud,

RESUELVO

Primero. Prórroga de la bolsa de empleo temporal para Bomberos Forestales-Técnicos de Operaciones.

De acuerdo con lo previsto en el apartado 12.12, de las bases aprobadas mediante Resolución de 21 de marzo de 2016, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se efectúa convocatoria pública para la constitución de una bolsa de trabajo para la contratación temporal de personal en el Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se prorroga dicha bolsa de trabajo, exclusivamente en lo referente a la bolsa regional correspondiente al grupo profesional de Técnico de Operaciones.

La bolsa regional de Técnicos de Operaciones se entenderá a todos los efectos referida al personal Bombero Forestal, incluido dentro del área de operaciones del Dispositivo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales. En tal sentido, las personas incluidas en la dicha bolsa podrán ser llamadas para prestar servicios, mediante contratación temporal, en cualquiera de los puestos de trabajo correspondientes a su grupo profesional.

La prórroga tendrá carácter indefinido, hasta tanto se produzca una oferta de empleo público que incluya plazas correspondientes al grupo de Bomberos Forestales Técnicos de operaciones y ordene la constitución de una nueva bolsa de trabajo temporal.

Segundo. Solicitud de actualización de datos.

El personal incluido en la bolsa regional de Bombero Forestal-Técnico de operaciones podrá actualizar sus datos para la campaña 2017, con revisión de su puntuación, a cuyo efecto deberá presentar una solicitud de actualización de datos y la documentación correspondiente.

La solicitud de actualización de datos se realizará conforme al modelo de solicitud de admisión (Anexo A) de las bases de constitución de la bolsa (BOJA núm. 58, de 29 de marzo de 2016).

El plazo para presentar la documentación de actualización será de 10 días hábiles, en horario de 8:30 a 14:00 horas. Las solicitudes de admisión y demás documentación relacionada con el proceso se presentarán en los centros de defensa forestal, en las oficinas provinciales y en los servicios centrales de la Agencia o en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los plazos para dicha presentación y siguientes trámites correspondientes a la convocatoria se computarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la citada Ley.

Las solicitudes de admisión presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por personal de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación. No se admitirá el fax como medio de presentación de solicitudes.

La solicitud de actualización de datos deberá ser acompañada del autobaremo, conforme al modelo existente en el anexo B de las bases de constitución de la bolsa y la documentación acreditativa de los méritos puntuados, para su revisión por la Agencia. Igualmente deberá acompañarse a dicha solicitud la declaración responsable conforme al Anexo G.

En su caso, la Agencia procederá a requerir a las personas interesadas para que subsanen los defectos apreciados en la solicitud, en el plazo señalado legalmente.

Tercero. Revisión de la puntuación en la bolsa de trabajo temporal.

El proceso de revisión datos se llevará a cabo conforme a las normas que rigieron para la constitución de la bolsa de trabajo, en todo lo referido a criterios de valoración y órgano de selección.

Cuarto. Listado provisional.

La Agencia procederá a la publicación en la página web de la Agencia del listado de la bolsa de trabajo temporal con la puntuación revisada. Las personas interesadas podrán alegar lo que a su derecho convenga, en el plazo de diez días hábiles.

Quiénes no hayan hecho ejercicio de su derecho a actualizar su puntuación, mantendrán la obtenida en el ejercicio 2016.

Quinto. Listado definitivo.

Transcurrido el plazo de alegaciones y resueltas las mismas por el órgano de selección, la persona titular de la Dirección Gerencia dictará la resolución definitiva de la bolsa de empleo temporal para bomberos forestales técnicos de operaciones, con expresión de la puntuación actualizada para la campaña 2017, que constituirá el nuevo orden de llamamiento. Dicha resolución se publicará en la página web de la Agencia de Medio Ambiente, advirtiéndose en la misma de los recursos que contra la misma procedan.

Sexto. Publicidad.

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web de la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Director Gerente de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 8 de febrero de 2017.- El Director Gerente, Antonio Galán Pedregosa.

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