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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Susana Gierth, como representante de la entidad Formación Empresarial Dual Alemana Madrid (FEDA Madrid), por el que solicita autorización para la apertura y funcionamiento del centro docente privado extranjero «FEDA Madrid», con domicilio en C/ Dr. Laffón Soto, s/n, de Sevilla, para impartir enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo Alemán a alumnado español y extranjero, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo.
Resultando que en el expediente ha recaído informe favorable de la Embajada de la República Federal Alemana en España.
Resultando que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha emitido informe favorable sobre la equivalencia de las enseñanzas objeto de aurtorización a efectos de su reconocimiento.
Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del centro docente privado extranjero «FEDA Madrid», código 41022279 y domicilio en C/ Dr. Laffón Soto, s/n, de Sevilla, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional correspondientes a los estudios de «Verkäufer/in im Einzelhandel» del Sistema Educativo Alemán a alumnado español y extranjero, para un total de 40 alumnos, en turno de tarde.
Segundo. Según el informe mencionado en el Resultando segundo, estos estudios son de nivel equivalente a los ciclos formativos de Grado Medio de la familia Profesional de Comercio y Marketing, estando condicionada dicha equivalencia a que, previamente a la iniciación de los mismos, el alumnado se halle en posesión del título español de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Tercero. La homologación o convalidación con respecto al ciclo formativo específico que pueda corresponder en cada caso deberá otorgarse de forma individualizada, teniendo en cuenta la duración, carga horaria y los contenidos del programa específico cursado, así como la experiencia laboral que pudiese aportar la persona solicitante, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.
Cuarto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 12 de enero de 2017
ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN | |
Consejera de Educación |