Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 15/02/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de enero de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga, dimanante de autos núm. 1611/2011. (PD. 400/2017).

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NIG: 2906742C20110034238.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1611/2011. Negociado: 1.

Sobre: Juicio Ordinario.

De: Consorcio de Compensación de Seguros.

Contra: Hilo Direct Seguros y Reaseguros, David Rodríguez Jaimez y Ambrosius Matthijs.

Procurador: Sr. Francisco de Paula Rosa Ceballos.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1611/2011, seguido a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros frente a Hilo Direct Seguros y Reaseguros, David Rodríguez Jaimez y Ambrosius Matthijs se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 129/2016

En Málaga, a 7 de julio de 2016. Doña. María José García Sánchez, Magistrada-Juez adscrita al Juzgado de Primera Instancia número tres de esta Ciudad; habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1611/2011, promovidos a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, representado y defendido por el/la letrado/a sustituto del Abogado del Estado don Luis Ramón Gutiérrez Hidalgo; contra don Ambrosius Matthijs y don David Rodríguez Jaimez, declarados en situación de rebeldía procesal, y contra Hilo Direct Seguros y Reaseguros, S.A., representada por el procurador don Francisco de la Rosa Ceballos y defendida por el letrado don José María Arias Jurado, versando el juicio sobre reclamación de cantidad.

FALLO

1. Debo estimar y estimo sustancialmente la acción ejercitada por la representación procesal del Consorcio de Compensación de Seguros contra Hilo Direct, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros y a don David Rodríguez Jaimez.

2. Debo desestimar y desestimo la acción ejercitada por la representación procesal del Consorcio de Compensación de Seguros contra don Ambrosius Matthijs, condenando al Consorcio a abonar las costas causadas por esta acción.

3. Debo condenar y condeno a Hilo Direct, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros y a don David Rodríguez Jaimez a abonar solidariamente al Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de cuarenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y siete euros con setenta y cinco céntimos de euro (44.497,75 euros), cantidad que devengará el interés legal incrementado en un 25% desde la fecha de su consignación por el Consorcio (17.8.10), hasta su abono por Hilo Direct, S.A., y respecto al codemandado don David Rodríguez Jaimez dicha cantidad devengará el interés legal desde la fecha de la demanda (29.7.2011), hasta su pago, condenándoles al pago de las costas causadas por la acción ejercitada contra ellos.

Y encontrándose dicho demandado, David Rodríguez Jaimez y Ambrosius Matthijs, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a nueve de enero de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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