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NIG: 4109142C20140045889.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1438/2014. Negociado: 5.º
Sobre: Reclamación cantidad.
De: Pra Iberia, S.L. Unipersonal.
Procuradora Sra.: Gabriela Duarte Domínguez.
Contra: Carlos Narváez Hughes y María Dolores García Rodríguez.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1438/2014 seguido a instancia de Aktiv Kapital Portfolio AS frente a Carlos Narváez Hughes y María Dolores García Rodríguez se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 101/2016
Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.
Lugar: Sevilla.
Fecha: Tres de junio de dos mil dieciséis.
Parte demandante: Aktiv Kapital Portfolio AS.
Procuradora: Gabriela Duarte Domínguez.
Parte demandada: Carlos Narváez Hughes y María Dolores García Rodríguez.
Objeto del juicio: Reclamacion cantidad.
FALLO
Que estimando esencialmente la demanda interpuesta por Aktiv Kapital Portfolio AS frente a Carlos Narváez Hughes y María Dolores García Rodríguez. condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora un total de 23.751,91 euros, comprensivos de capital e intereses remuneratorios, moratorios y gAStos pactados, devengados por la deuda litigiosa a fecha de su liquidación. La referida suma devengará los intereses legales previstos conforme a lo establecido en el art. 576 LEC, desde el momento de liquidación de la deuda a fecha 16 de febrero de 2011 y hASta su completo pago, y todo ello con expresa condena en costAS procesales a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte díAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. , indicando en lAS Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades AutónomAS, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de ASistencia jurídica gratuita.
ASí por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, Carlos Narváez Hughes y María Dolores García Rodríguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a quince de septiembre de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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