Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 01/03/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 16 de febrero de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 39/2017.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 39/2017. Negociado: C3.

NIG: 2906744S20160007982.

De: Don Pedro Gil Olalla.

Abogado: Manuel Francisco Ponce Cabezas.

Contra: Arroyocable, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el núm. 39/2017 a instancia de Pedro Gil Olalla contra Arroyocable, S.L., sobre Ejecución de título judicial se ha dictado Auto de fecha 3.2.2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. dijo: No ha lugar a despachar ejecución a favor de Pedro Gil Olalla y contra Arroyocable, S.L., debiendo la parte reiterar la demanda de ejecución, una vez sea firme la sentencia.

Llévese, a los efectos oportunos, copia de la presente resolución a los autos principales.

Procédase al archivo de la demanda ejecutiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25€, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado en el Banco Santander núm. 2955000064003917, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia habrá de hacerse en la cuenta del Santander ES 55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.

El Magistrado/Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Arroyocable, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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