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NIG: 2905442C20120006691.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1648/2012. Negociado: JF.
De: Construcciones Paco y Juan, C.B.
Procuradora Sra.: María Isabel Martín López.
Contra: Don Antonio Ruiz Marfil
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1648/2012 seguido a instancia de Construcciones Paco y Juan, C.B., frente a Antonio Ruiz Marfil se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA NÚMERO 150/14
En Fuengirola, a dos de julio de dos mil catorce.
Vistos por mí doña Isabel Escribá Molina, Juez titular en funciones de apoyo a los Juzgados de Primera Instancia de Fuengirola, los presentes autos de juicio ordinario, tramitados en el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de esta ciudad con el número 1.648/2012 a instancias de la entidad Construcciones Paco y Juan, C.B., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Martín López y defendida por el Letrado Sr. Acosta Román, contra don Antonio Ruiz Marfil, declarado en situación procesal de rebeldía; que tiene por objeto la reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Martín López en nombre y representación de Construcciones Paco y Juan, C.B., se condena a don Antonio Ruiz Marfil al pago de la cantidad de cuarenta mil novecientos cincuenta y seis euros con setenta céntimos de euro (40.956,70 euros), así como al pago de los intereses legales correspondientes desde el día 20 de noviembre de 2012, fecha de presentación de la demanda, hasta el completo pago y al abono de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes y a la demandada en la forma dispuesta en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, contra la que cabe interponer en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte dias hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para interponer recurso de apelación se ha de consignar en la cuenta del Juzgado en concepto de depósito la cantidad de cincuenta euros, aportando el correspondiente resguardo.
Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Antonio Ruiz Marfil, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Fuengirola, a dos de noviembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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