Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 13/03/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Orden de 7 de marzo de 2017, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público «Sierra de Aguas y Jarales», propiedad del Ayuntamiento de Casarabonela, ubicado en el mismo término municipal, provincia de Málaga.

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Expte. MO/00095/2015

Visto el expediente núm. MO/00095/2015 del monte público «Sierra de Aguas y Jarales», código de la Junta de Andalucía MA-30013-AY, propiedad del Ayuntamiento de Casarabonela y sito en el mismo término municipal, provincia de Málaga, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente MO/00095/2015, de deslinde parcial del monte público «Sierra de Aguas y Jarales», surge con el fin de dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, número 2802/2011 a favor de don José Campos Trujillo, así como la número 2868/2011 a favor de don Pedro Rubio Pérez. Ambas declaran la nulidad de la resolución de 26 de abril de 2005, de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por la que se aprueba el deslinde del monte «Sierra de Aguas y Jarales», en los tramos relacionados con las fincas de los recurrentes.

2. Mediante Resolución del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 21 de septiembre de 2015, se acuerda el inicio del deslinde administrativo de dicho monte y, habiéndose establecido que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica el anuncio de Resolución de Inicio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Casarabonela, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 220, de 16 de noviembre de 2015, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 232, de 30 de noviembre de 2015.

3. Los trabajos materiales de deslinde parcial en los tramos afectados, previo los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 11 de abril de 2016, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados, siendo así mismo publicado el citado extremo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 55, de 22 de marzo de 2016, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 48, de 11 de marzo de 2016, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Casarabonela.

4. Durante las operaciones materiales del deslinde quedan anulados los piquetes 81, 82, 83, 84, 85 y 86 del expediente de deslinde MO/00389/2003, así como los hitos de amojonamiento 70, 71, 72 y 73 del expediente MO/00113/2008, en la colindancia con don Pedro Rubio Pérez, y se define la nueva linde mediante los piquetes de deslinde 81N, 82N, 83N, 84N, 85N 86 N y 87. Igualmente quedan anulados los piquetes 133, 135, 136 y 138 del expediente de deslinde 389/2003 así como los hitos de amojonamiento 113, 115 y 116 del expediente MO/000113/2008, en la colindancia con don Juan Campos Campos, heredero de José Campos Trujillo y se define la nueva linde mediante los piquetes de deslinde 131, 132, 134, 137, 138N y 139.

6. Anunciado el periodo de vista y audiencia del expediente en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 124, de 30 de junio de 2016, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 121, de 27 de junio de 2016 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Casarabonela, y notificado en forma a los interesados, durante el plazo de 30 días no se recibió alegación alguna. Con fecha 26 de septiembre de 2016 se emite Certificado por parte del ingeniero operador en el que se deja constancia que no se han interpuesto alegaciones al presente expediente de deslinde.

7. Con fecha 14 de noviembre de 2016 se emite informe núm. 29PI00109/16 por los Servicios Jurídicos del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en la provincia de Málaga, en el que se concluye que «ajustándose la tramitación examinada al procedimiento legalmente establecido, y no habiéndose formulado alegaciones, se informa favorablemente el expediente y el borrador de Propuesta de Orden de aprobación del deslinde parcial del Monte Público «Sierra de Aguas y Jarales».

A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes

NORMAS

Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente MO/00095/2015, de deslinde parcial del monte público «Sierra de Aguas y Jarales», código de la Junta de Andalucía MA-30013-AY, propiedad del Ayuntamiento de Casarabonela y ubicado en el mismo término municipal, provincia de Málaga, relativo a la ejecución de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, número 2802/2011 a favor de don José Campos Trujillo, así como la número 2868/2011 a favor de don Pedro Rubio Pérez, de acuerdo con las actas, planos e informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y registro topográfico que se incorpora en el Anexo.

2.º Que una vez firme la Orden de aprobación se proceda a realizar las modificaciones pertinentes en el Catálogo de Montes de Andalucía.

3.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo establecido en el artículo 127.4 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero.

5.º Que estando inscrito el monte público en el Registro de la Propiedad de Álora, a favor del Ayuntamiento de Casarabonela, con los siguientes datos registrales:

NOMBRE MUNICIPIO FINCA TOMO LIBRO FOLIO ALTA
Sierra de Aguas y Jarales Casarabonela 6771 581 64 169

Una vez sea firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, se proceda a inscribir en el Registro de la Propiedad de Álora el expediente MO/00095/2015, de deslinde parcial del monte público «Sierra de Aguas y Jarales», relativo a varias fincas de propiedad particular, en virtud de las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, número 2802/2011 a favor de don José Campos Trujillo, así como la número 2868/2011 a favor de don Pedro Rubio Pérez, modificando los linderos y superficie de la finca registral 6771, «Sierra de Aguas y Jarales», con cada uno de los piquetes de deslinde que se detallan en las correspondientes actas y planos que obran en el expediente y por tanto modificando el total del monte público, quedando como descripción de dicha finca la que a continuación se cita:

Monte público: Sierra de Aguas y Jarales

Pertenencia: Ayuntamiento de Casarabonela

Término municipal: Casarabonela

Finca registral: 6771

Superficie total: 602,84 ha

Superficie pública forestal: 592,43 ha

Superficie de enclavado: 10,41 ha

Límites del monte público:

Norte: Montes públicos MA-30011-AY «Sierra de Aguas», núm. 1 del CUP, del término y titularidad del Ayuntamiento de Álora, y MA-30010-AY «Sierra de Aguas», núm. 11 del CUP, del término y titularidad del Ayuntamiento de Ardales.

Este: Terrenos particulares.

Sur: Terrenos particulares.

Oeste: Monte público MA-11031-JA «Sierra Blanquilla, Aguas, Jarales y Hundideros», núm. 67 y 68 del CUP, del término y titularidad del Ayuntamiento de Carratraca.

El registro topográfico del expediente MO/00095/2015 se adjunta como Anexo a la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 7 de marzo de 2017

JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ
Consejero de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio

ANEJO

REGISTRO TOPOGRÁFICO DEL EXP. MO/00095/2015

COORDENADAS UTM (HUSO 30, ZONA S)

DATUM: EUROPEAN TERRESTRIAL REFERENCE SYSTEM 1989 (ETRS89)

PIQUETE COORD. X (m) COORD. Y (m)
81N 339797,63 4076660,44
82N 339772,55 4076643,66
83N 339636,61 4076512,15
84N 339506,82 4076421,43
85N 339480,01 4076393,55
86N 339440,07 4076368,40
87 339388,05 4076384,05
131 338478,76 4075862,55
132 338420,08 4075800,99
134 338346,98 4075716,28
137 338214,36 4075685,98
138N 338140,35 4075701,38
139 338092,39 4075687,46
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