Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 21/03/2017

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 27 de febrero de 2017, de la Dirección General de Movilidad, sobre notificación de resoluciones de recursos de alzada recaídos en expedientes sancionadores en materia de transportes.

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Resueltos los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores incoados a las personas y entidades que se indican por infracción a los artículos que se detallan de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que, intentada la notificación, ésta no ha podido practicarse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública en el presente anuncio, la notificación de las resoluciones de los recursos de alzada, cuyos correspondientes expedientes obran en el Servicio de Inspección y Sanciones de la Dirección General de Movilidad (calle Pablo Picasso, s/n, 41071 Sevilla).

NOTIFICACIONES RESOLUCIÓN RECURSOS ALZADA

Expediente: DGIT367/2015. Titular: Logística Bueno Tejada, S.L. CIF: B18995217. Domicilio: Crta. Ventas de Zagarraya, s/n. 18128 Zafarraya. Granada, Fecha de la denuncia: 2.7.2015. Normas infringidas: 140.37.6. Sanción: 1.500,00 euros.

Expediente: DGIT368/2015. Titular: Logística Bueno Tejada, S.L. CIF: B18995217. Domicilio: Crta. Ventas de Zagarraya, s/n. 18128 Zafarraya. Granada. Fecha de la denuncia: 2.7.2015. Normas infringidas: 140.37.6. Sanción: 2.000,00 euros.

Contra las citadas Resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

De no haberse efectuado el abono de la correspondiente sanción podrá hacerse efectiva voluntariamente en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de la presente publicación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 101 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, sirviendo la presente de previo apercibimiento a los efectos de lo previsto en el artículo 99 de dicha norma.

La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.

Sevilla, 27 de febrero de 2017.- El Director General, Rafael Chacón Sánchez.

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