Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 21/03/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 14 de noviembre de 2016, por la que se modifica la autorización del centro docente privado extranjero «CBS, The British School of Seville», de Bollullos de la Mitación (Sevilla), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero. (PP. 3249/2016).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Raquel Díaz Ramos, como representante de la entidad Colegio Británico de Sevilla, S.L., titular del centro docente privado extranjero «CBS, The British School of Seville», con código 41018513 y domicilio en Urb. La Juliana, parcela 40, de Bollullos de la Mitación (Sevilla), solicitando la modificación de la autorización de enseñanzas con la que cuenta el centro, por ampliación de las enseñanzas que tiene autorizadas del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero y aumento del número de puestos escolares de las mismas, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo.

Resultando que el citado centro tiene autorización para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero desde el curso Nursery hasta Year 11 para un total de 365 puestos escolares.

Resultando que en el expediente ha recaído informe favorable del British Council en España, así como del Servicio de Inspección de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla y de la Gerencia en dicha provincia de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización al centro docente privado extranjero «CBS, The British School of Seville», código 41018513, de Bollullos de la Mitación (Sevilla), autorizado para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero que, como consecuencia de ello, quedará con la configuración siguiente:

Enseñanzas a impartir del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero.

Con autorización plena:

- Desde Nursery (2-4 años de edad) hasta el curso Year 6 (10-11 años): 200 puestos escolares.

Con autorización temporal:

- Desde Year 7 (11-12 años) a Year 13 (17-18 años): 175 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2016/17, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Tercero. La autorización plena a la que hace referencia el apartado primero de esta Orden tendrá validez hasta el 4 de diciembre de 2021 y la autorización temporal hasta el 30 de noviembre de 2017, todo ello en consideración a los certificados emitidos por el British Council. A partir de estas fechas, las autorizaciones quedarán condicionadas a una nuevas inspecciones del citado organismo.

Cuarto. La enseñanza de lengua española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en la normativa vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la que se regulan las enseñanzas correspondientes a educación infantil, a educación primaria y a educación secundaria.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas o materias de Conocimiento del entorno, de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales o de Geografía e historia, recogidos en la normativa a la que se ha hecho referencia.

Quinto. La presente modificación de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de noviembre de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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