Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 24/03/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de mayo de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva, dimanante de autos núm. 1505/2014. (PP. 3137/2016).

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NIG: 2104142C20140010466.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1505/2014. Negociado: MB.

Sobre: Juicio Ordinario.

De: Don Leonardo García Pérez, doña Leonor Pérez García, don Gaspar García Pérez, don Manuel Jesús García Pérez y don José Dolores García Pérez.

Procuradora: Sra. Pilar Galván Rodríguez.

Contra: Promociones Pablo Carrasco, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1505/2014, seguido a instancia de don Leonardo García Pérez, doña Leonor Pérez García, don Gaspar García Pérez, don Manuel Jesús García Pérez y don José Dolores García Pérez, frente a Promociones Pablo Carrasco, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva.

 Juicio Ordinario 1505/14.

SENTENCIA 84/16

En la Ciudad de Huelva, a 5 de mayo de 2016.

En nombre de su Majestad el Rey, don Alejandro Tascón García, Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, adscrito, con carácter de refuerzo, al Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Huelva, habiendo visto los precedentes autos de Juicio Ordinario, seguidos con el número 1505/14, por demanda interpuesta por la Procuradora doña Pilar Galván Rodríguez, en nombre y representación de don Leonardo García Pérez, doña Leonor Pérez García, don Gaspar García Pérez, don Manuel Jesús García Pérez y don José Dolores García Pérez contra Promociones Pablo Carrasco, S.L., ha dictado la siguiente Sentencia.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador doña Pilar Galván Rodríguez, en nombre y representación de don Leonardo García Pérez, doña Leonor Pérez García, don Gaspar García Pérez, don Manuel Jesús García Pérez y don José Dolores García Pérez contra Promociones Pablo Carrasco, S.L.

1. Debo declarar y declaro la resolución del contrato de permuta de bien presente por otro futuro firmado entre las partes el 30 de agosto de 2015 mediante Escritura Pública ante el Notario don José Ángel Sainz Rubio, con su número de protocolo 4095, así como la revocación de la inscripción en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Huelva de esta escritura de permuta.

2. Debo condenar y condeno a dicho demandado al pago de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, informándole que la misma no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Sr. Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública con mi asistencia el Secretario, de que doy fe.»

Y encontrándose dicha demandada, Promociones Pablo Carrasco, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huelva, a seis de mayo de dos mil dieciséis.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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