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NIG: 1101242M20120000400.
Procedimiento: Pz. Inc. concursal oposic. calificación (art 171) 520.06/2012. Negociado: 4.
De: Administración Concursal, Ministerio Fiscal.
Contra: Promociones e Inversiones El Pardo, S.L., Francisco Gutiérrez Betanzos, Antonia Acosta Sosa y Verónica Gutiérrez Acosta.
Procurador: Sr. Eduardo Funes Fernández.
E D I C T O
En el presente procedimiento Pz. Inc. concursal oposic. calificación (art 171) 520.06/2012 frente a Promociones e Inversiones El Pardo, S.L., Francisco Gutiérrez Betanzos, Antonia Acosta Sosa y Verónica Gutiérrez Acosta se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
SENTENCIA Núm. 55/16
En Cádiz, a 9 de febrero de 2016.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por Auto de 14 de noviembre de 2012, se declaró el concurso de la entidad mercantil Promociones e Inversiones El Pardo, S.L.
Segundo. Por Auto de 24 de julio de 2012, se aprobó el plan de liquidación y se aperturó la sección sexta de calificación.
Tercero. Por el Administrador Concursal de la entidad mercantil Promociones e Inversiones El Pardo, S.L., se presentó escrito de calificación concursal solicitando que se califique el concurso como culpable y se declare como persona afectada por la calificación a don Francisco Gutiérrez Betanzos, doña Antonia Acosta Sosa y doña Verónica Gutiérrez Acosta.
Cuarto. Por el Ministerio Fiscal se solicitó que se calificase el concurso como culpable y se declarase persona afectada por la calificación a don Francisco Gutiérrez Betanzos, doña Antonia Acosta Sosa y doña Verónica Gutiérrez Acosta.
Quinto. Por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Funes Fernández, actuando en nombre y representación de doña Verónica Gutiérrez Acosta, se presentó escrito de oposición a la calificación del concurso como culpable.
FALLO
Estimando el informe de calificación de la administración concursal y del Ministerio Fiscal:
- Declaro culpable el concurso de la entidad Promociones e Inversiones El Pardo S.L.
- Declaro como persona afectada por la calificación culpable del concurso a don Francisco Gutiérrez Betanzos y a doña Antonia Acosta Sosa, en su condición de administradores de la entidad.
- Condeno a don Francisco Gutiérrez Betanzos y a doña Antonia Acosta Sosa a la pena de 2 años de inhabillitación para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar cualquier persona jurídica durante el mismo periodo.
- Condeno a don Francisco Gutiérrez Betanzos y a doña Antonia Acosta Sosa a la pérdida de cualquier derecho que pudiese tener como acreedor concursal o de la masa.
- Condeno a don Francisco Gutiérrez Betanzos y a doña Antonia Acosta Sosa a la cobertura total del déficit concursal de la entidad Promociones e Inversiones El Pardo S.L.
Se imponen las costas de este incidente a don Francisco Gutiérrez Betanzos y a doña Antonia Acosta Sosa.
Se desestima la propuesta de calificación frente a doña Verónica Gutiérrez Acosta.
Notifíquese a las partes la presente resolución.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que será resuelto por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Cádiz.
Y encontrándose don Francisco Gutiérrez Betanzos y doña Antonia Acosta Sosa, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.
En Cádiz, a nueve de marzo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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