Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 19 de abril de 2017, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se publican las tarifas autorizadas de autotaxis en el municipio de Jerez de la Frontera. (PP. 1160/2017).

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De acuerdo con la Resolución de la Secretaría General de Hacienda de 5 de abril de 2017 dictada al efecto y en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.3 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las tarifas autorizadas de autotaxis para el año 2017 del municipio de Jerez de la Frontera que a continuación se relacionan:

TARIFAS AUTORIZADAS

TARIFA I

Bajada de bandera 1,37 euros

Kilómetro recorrido 0,80 euros

Carrera mínima 3,85 euros

Carrera mínima (con origen o destino Aeropuerto) 15,09 euros

Hora de servicio incluidas esperas y paradas 19,37 euros

TARIFA II

Bajada de bandera 1,71 euros

Kilómetro recorrido 1,00 euros

Carrera mínima 4,82 euros

Carrera mínima (con origen o destino Aeropuerto) 19,06 euros

Hora de servicio incluidas esperas y paradas 24,21 euros

SUPLEMENTOS

- Suplemento maleta o bulto (de más de 60 cm) 0,52 euros

TARIFAS FIJAS

- Taxi Tour: Precio fijo de 25,00 euros.

La Tarifa II es aplicable en los siguientes casos:

• Días sábados y festivos.

• Días laborables desde las 21:00 h a las 7:00 h.

• Durante la Feria del Caballo.

• En Semana Santa de 18:00 h. a 21:00 h.

• Los días 24 y 31 de diciembre de 18:00 h. a 21:00 h.

Suplemento del 12,5% sobre Tarifa II (no aplicable a servicios interurbanos).

• Días sábados y festivos de 02:00 a 07:00 horas.

• Feria del Caballo de 21:00 a 7:00 horas.

• Semana Santa de 21:00 a 7:00 horas.

• Días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero de 21:00 a 7:00 horas.

- Incorporación de carácter de mínimo al servicio origen o destino del aeropuerto.

- Los precios de la tarifa se consideran con IVA incluido.

Segundo. Esta Resolución deberá ser comunicada expresamente por parte de los profesionales del sector a los usuarios del servicio, exhibiéndola en lugar visible del vehículo, hasta tanto no se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en cumplimiento del requisito de publicidad reglamentariamente establecido.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución autorizatoria de la que es ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de abril de 2017.- La Directora General, Ana María Campos Montero.

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