Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 05/05/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2017, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convoca para los años 2017-2020 la línea de incentivos Construcción Sostenible acogida a la Orden de 23 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía en el periodo 2017-2020.

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BDNS (identif.): 343556 343557 343558.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Se convoca para los ejercicios 2017-2020, en régimen de concurrencia no competitiva, la línea de incentivos Construcción Sostenible, acogida a la Orden de 23 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía en el periodo 2017-2020, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Partidas presupuestarias Total
1400178070 G/72A/74026/00 A1421068Y0 15.320.963,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1422009Y0 189.818,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1422010Y0 21.202.556,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1422011Y0 21.202.556,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1422012Y0 2.427.960,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1431013Y0 14.478.309,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1431014Y0 43.434.923,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1432009Y0 455.037,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1432010Y0 22.751.629,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1432011Y0 20.476.464,00
1400178070 G/72A/74026/00 A1432012Y0 1.820.133,00
TOTAL 163.760.348,00

De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 23 de diciembre de 2016 estas ayudas serán cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.

Segundo: Beneficiarios:

1. Podrán solicitar incentivos para cualquiera de las categorías y tipologías de actuaciones previstas en el Catálogo de Actuaciones Energéticas, las siguientes personas o entidades:

- Las personas físicas y sus agrupaciones, incluidas las comunidades de propietarios.

- Las personas jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro.

- Las agrupaciones de personas jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica.

- Las entidades locales territoriales y las entidades del sector público local.

2. Las agencias públicas empresariales previstas en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía solamente podrán solicitar incentivos para las actuaciones en viviendas sociales.

Tercero: Objeto:

Fomentar las inversiones de ahorro y eficiencia energética y aprovechamiento de energías renovables en edificios de uso privado o público e infraestructuras ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que ayuden a la sociedad a mejorar las condiciones en las que usa la energía, a través de:

A. Obras de adecuación para la reducción de la demanda de energía en los edificios, mediante la rehabilitación energética o la realización de reformas que permitan adecuar su envolvente, aprovechar de una manera inteligente la luz natural y limitar las excesivas ganancias térmicas e instalaciones energéticamente eficientes, que contribuyan al aprovechamiento de recursos energéticos autóctonos o residuales, la puesta en valor de los espacios, así como al desarrollo de una arquitectura integrada en el lugar.

B. Actuaciones de evaluación de la eficiencia energética, así como la implantación de procesos, o el uso de soluciones inteligentes, para la gestión energética en edificios e instalaciones de las ciudades.

C. Actuaciones de mejora energética en edificios e instalaciones a través de servicios energéticos.

Cuarto: Bases reguladoras.

Orden de 23 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía en el período 2017-2020 (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2016).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo único de la citada Orden, las bases reguladoras de aplicación a la línea de incentivos Construcción Sostenible están compuestas por:

a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de incentivos en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas mediante Orden de 5 de octubre de 2015, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 215, de 5 de noviembre de 2015.

b) El Cuadro Resumen I y el Anexo del Catálogo de Actuaciones Energéticas correspondiente a la línea de incentivos de Construcción Sostenible.

c) Anexo I. Definiciones.

Quinto: Importe.

La dotación de la línea se hace en el cuadro de convocatoria anterior.

El importe del incentivo a solicitar resultará de la aplicación de las intensidades de incentivos (generales, específicas y/o adicionales) previstas en el Catálogo de Actuaciones Energéticas para cada tipología de actuación, al coste de la actuación incentivable, IVA excluido cuando este impuesto se recupera o compensa, e IVA incluido en el resto de casos, una vez considerados los límites asociados a los conceptos de inversión y gasto establecidos en el apartado 5.b).1.º del Cuadro Resumen I de las bases reguladora, la inversión de referencia indicada por la persona/entidad solicitante, y en función de la concurrencia o no en la actuación solicitada de elementos o características especiales de ejecución.

Sexto: Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del día 15 de mayo de 2017.

Séptimo: Otros datos:

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria.

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