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Visto el expediente tramitado a instancia de don Ildefonso Belmonte Gómez, como representante de la entidad Asociación Rural Valle del Guadalquivir, nuevo titular del centro docente privado de formación profesional «Molino Azul», con domicilio en Ctra. de Constantina, km 2, de Lora del Río (Sevilla), por el que se solicita el cambio de titularidad del mismo, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Resultando que el citado centro, con código 41002463, tiene autorización para impartir dos ciclos formativos de formación profesional, uno de grado medio de Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural y otro de grado superior de Gestión Forestal y del Medio Natural, funcionando en régimen de conciertos el de grado medio.
Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del referido centro a favor de Federación de Escuelas Familiares Agrarias de Andalucía.
Resultando que la entidad Escuelas Familiares Agrarias de Andalucía, mediante escritura pública de cesión número doscientos ocho, otorgada ante don Javier López Cano, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, fechada en Sevilla a venticinco de mayo de dos mil dieciséis, cede a la entidad Asociación Rural Valle del Guadalquivir la titularidad del mencionado centro, quedando representada, como administrador único, por don Ildefonso Belmonte Gómez.
VistOs: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado de formación profesional «Molino Azul», código 41002463, con domicilio en Ctra. de Constantina, km 2, de Lora del Río (Sevilla), que en lo sucesivo la ostentará la entidad Asociación Rural Valle del Guadalquivir, que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación a dicho centro, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «resultando» primero.
Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.
Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 31 de agosto de 2016
ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN | |
Consejera de Educación |